14/10/03
03/10/03
– SE AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE EL M.D.N. Y LA COMPAÑÍA
DE ENFERMERÍA A SANATORIO Y DOMICILIO "DEDICAR"
VISTO:
la gestión promovida por el Ministerio de Defensa Nacional para la
celebración de un Convenio a suscribir con la Compañía de Enfermería a
Sanatorio y Domicilio (DEDICAR).-
RESULTANDO.
I) que por el citado Convenio la Compañía de Enfermería a Sanatorio
y Domicilio "DEDICAR", ofrece al Personal militar y civil, del
Ministerio de Defensa Nacional y sus dependencias, en actividad, retirados
o pensionistas y sus cónyuges, padres, hijos, nietos y hermanos solteros,
un descuento del 20 % (veinte por ciento) sobre el costo final de los
servicios, o la opción de acceder al plan de grupo familiar (opción 5 ó
3 integrantes), consistente en una cobertura a sanatorio u hospital de 8
horas diarias con un máximo de 40 días anuales a usar por el grupo
familiar, de acuerdo al detalle que surge del Anexo 1.-
II)
que para el caso de que los pagos se realicen por intermedio de
descuento de sueldo, se modifica el precio de los diferentes planes,
siendo la bonificación para el plan individual, o en caso de agregar más
horas o servicios al plan, de 25 % (veinticinco por ciento) y plan grupo
familiar (opción 5 ó 3 integrantes), los costos detallados en el Anexo 2
del citado Convenio.-
III)
que el Convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su
suscripción.-
CONSIDERANDO:
I) que para las partes celebrantes la suscripción del citado Convenio
resulta beneficiosa.-
II)
que es necesario designar representante del Estado -Ministerio de
Defensa Nacional para la firma del mismo.-
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto, a 10 informado por la Asesoría
Notarial del Ministerio de Defensa Nacional ya lo dispuesto en la
Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 de 21 de octubre de
1991.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.-
Autorízase la suscripción del Convenio a celebrarse entre el
Ministerio de Defensa Nacional y la Compañía de Enfermería a Sanatorio
y Domicilio "DEDICAR", cuyo objeto es brindar al Personal
militar y civil, del Ministerio de Defensa Nacional y sus dependencias, en
actividad, retirados o pensionistas y sus cónyuges, padres, hijos, nietos
y hermanos solteros, un descuento del 20% (veinte por ciento) sobre el
costo final de los servicios que se detallan en el Anexo 1, o la opción
de acceder al plan de grupo familiar (opción 5 o 3 integrantes),
consistente en una cobertura a sanatorio u hospital de 8 horas, por una
cobertura de 40 días anuales a usar por el grupo familiar, y para el caso
de que los pagos se realicen por intermedio de descuento de sueldo, se
modifica el precio de los diferentes planes, siendo la bonificación para
el plan individual, o en caso de agregar más horas o servicios al plan,
de 25% (veinticinco por ciento) y plan grupo familiar (opción 5 ó 3
integrantes), los costos detallados que surgen del Anexo 2, en los
términos que luce a fojas 12 del expediente administrativo del Ministerio
de Defensa Nacional número 2003.05226- 8, que se considera parte
integrante de la presente Resolución.-
2do.-
Desígnase representante del Ministerio de Defensa Nacional, para la
firma de la documentación respectiva, al señor Director General de
Secretaría.-
3ro.-
Comuníquese, publíquese y pase a la Asesoría Notarial del
Ministerio de Defensa Nacional Cumplido, vuelva y archívese.-
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