la gestión de la
Intendencia Municipal de Canelones solicitando se autorice la
distribución de un adelanto a cuenta del Ejercicio 2002 de la cuota parte
de utilidades que le corresponde en concepto de explotación de juegos de
azar en el Casino del Estado de dicho departamento.-
RESULTANDO: que la Dirección General de Casinos
sugiere otorgar la suma de $ 10:000.000,00 (pesos uruguayos diez millones)
como adelanto a cuenta del Ejercicio 2002.-
CONSIDERANDO: I) que la referida Intendencia
mantiene una deuda con el Banco Comercial S.A. en concepto de un préstamo
otorgado con el aval concedido por el Ministerio de Economía y Finanzas
con fecha 18 de agosto de 2000.-
II) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado
observaciones.-
III) lo dispuesto por el literal b) del artículo
3° de la Ley N° 13.453, de 2 de diciembre de 1965 y el artículo 123°
de la Ley N° 13.737, de 9 de enero de 1969.-
ATENTO: a lo informado por la Dirección General de
Casinos y por el Departamento Técnico Financiero de la División
Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorízase a la Dirección General de Casinos
a transferir la suma de $ 10:000.000,oo (pesos uruguayos diez millones),
correspondiente a un adelanto a cuenta del Ejercicio 2002, en concepto de
utilidades generadas por la explotación de juegos de azar en el Casino
del Estado del departamento de Canelones.-
2°) La partida que se autoriza en el numeral
precedente se destinará al pago del préstamo otorgado por el Banco
Comercial S.A. a la Intendencia Municipal de Canelones, con el aval
concedido por el Ministerio de Economía y Finanzas con fecha 18 de agosto
de 2000.-
3°) Dicho adelanto constituirá una operación
contable de Tesorería sin imputación presupuestal, Grupo 03 "Gastos
a Regularizar" Sub grupo 15 "Adelanto a Cuenta de utilidades de
Casinos a partir 2001" .-
4°) Comuníquese y pase a sus efectos y por su
orden a la Dirección General de Casinos ya la Tesorería General de la
Nación. Cumplido, elévese para su archivo.-