24/10/03    

22/10/03 – SE INHABILITA A LA FIRMA M.D.S. DEL URUGUAY NAVAL E INDUSTRIAL S.R.L. COMO EMPRESA  OPERADORA DE SERVICIOS PORTUARIOS

VISTO: la gestión promovida por la Administración Nacional de Puertos tendiente a la inhabilitación de la firma M.D.S. DEL URUGUAY NAVAL E INDUSTRIAL S.R.L. como empresa Operadora de Servicios Portuarios.

RESULTANDO: I) Que dicha inhabilitación obedece al hecho de que la citada firma fue suspendida en sus actividades desde la fecha 2 de mayo de 2003.

II) Que la Administración Nacional de Puertos, por Resolución del Directorio N° 317/3.298 de fecha 4 de setiembre de 2003, procedió a la inhabilitación supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo- de la referida empresa para la prestación de los servicios mencionados, remitiendo las actuaciones al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

III) Que dicha Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios, y su Departamento Letrada, .no formulan observaciones al respecto. 

ATENTO: .a lo dispuesto en la Ley N° 16.246 del 8 de abril de 1992.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Apruébase la inhabilitación dispuesta por: "la Administración Nacional de Puertos a la firma. M.D.S. DEL URUGUAY NAVAL E INDUSTRIAL S.R.L., como empresa Operadora de Servicios Portuarios debiendo dicho organismo proceder a la anotación de la misma en el Registro correspondiente, según lo previsto en el inciso tercero, in fine, del artículo 14 del Decreto Nº 412/992 del 10 de setiembre de 1992.

2º.- Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus efectos.