24/10/03
22/10/03
– SE FACULTA AL MTOP A EXONERAR
EL PAGO DE AMARRAS EN LOS PUERTOS DEPORTIVOS ADMINISTRADOS POR. LA
DIRECCIÓN NACIONAL DE HIDROGRAFÍA
VISTO:
Estos antecedentes relacionados con la exoneración del pago de la
tarifa de amarra a aquellas embarcaciones que recalen en determinados
puertos dependientes de la Dirección Nacional de Hidrografía.
RESULTANDO:
I) Que por gestión que inicia .estas actuaciones, el Ministerio de
Turismo propicia ante la precitada Unidad Ejecutora del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, "amarras sin costo" para aquellas
embarcaciones que básicamente procedan de la República Argentina, en su
estancia prevista para los puertos que detalla y en las fechas que
propone, todo ello según una programación de eventos y
re
gatas internacionales previstas para los próximos meses.
II)
Que visto tal planteo por parte de la Dirección Nacional de
Hidrografía, ésta se expide favorablemente al respecto, siendo efectiva
tal exoneración hasta el 1° de diciembre de 2003, para los puertos de
Maldonado (Punta del Este), Piriápolis, Colonia, Dársena Higueritas y
Atracaderos, Riachuelo y Carmelo, e indica asimismo los fines de semana
que a su juicio como administrador aconseja otorgar.
III)
Que se ha expedido el Departamento Letrado del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas no formulando objeciones al respecto.
CONSIDERANDO:
Que en concordancia con la política turística llevada a cabo por el
Ministerio de Turismo que intensifica la promoción de nuestro país en el
exterior, entre otros y en el caso con la República Argentina, el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas aporta al respecto promociones
consecuentes como es la exoneración
que
trata estas actuaciones.
ATENTO:
A lo expuesto.
EL
PRESIDERTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1) Facúltase al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas a exonerar el pago de amarras
en los puertos deportivos administrados por. la Dirección Nacional de
Hidrografía, y en los períodos que se indican a continuación. en la
medida que el Ministerio de Turismo efectivice un programa turístico
asociado a los mismos:
a) Puerto de Maldonado
(Punta del Este). un (I) fin de semana.
b) Puerto de
Piriápolis, un (I) fin de semana.
c)Puerto de Colonia,
dos (2) fines de semana.
d) Dársena Higueritas,
dos (2) fines de semana.
e) Atracadero
Riachuelo, dos (2) fines de semana.
f) Atracadero Carmelo,
dos (2) fines de semana.
2) Entiéndase por
"fin de semana", el período de tiempo comprendido entre la hora
00:00 (cero) del sábado hasta la hora 24:00 (veinticuatro)
del domingo, cuyo alcance abarcará a todas las embarcaciones surtas en
los puertos que precedentemente se señalan.
3) La exoneración en
cuestión tendrá vigencia hasta el 1º de diciembre de 2003 y no
comprende a los otros servicios portuarios que brinda la Dirección
Nacional de Hidrografía cuyo consumo deberán abonar los usuarios
exonerados.
4) Comuníquese y
vuelva a la Dirección Nacional de Hidrografía a sus efectos.
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