30/10/03
29/10/03
– SE AUTORIZA REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL DEL BANCO ACAC S.A.
VISTO:
la gestión de reforma de Estatutos de Banco Acac S.A. (exclusivamente en
relación a la modificación de su articulo 8°).-
RESULTANDO:
I) que por la misma la mencionada institución de intermediación
financiera solicita autorización para modificar el régimen de
administración de la sociedad, contenido en el citado articulo 8° del
Estatuto Social.-
II)
que con fecha 23 de setiembre de 2002 la Asamblea Extraordinaria de
Accionistas del Banco Acac S.A., que pasó a cuarto intermedio hasta el 24
de setiembre de 2002, resolvió la modificación de articulo 8° del
Estatuto Social, cuya redacción última se estableció en la Asamblea
Extraordinaria de Accionista de fecha 30 de junio de 2003.-
III)
que por Resolución de 19 de febrero de 2003 el Banco Central del Uruguay
emitió opinión favorable a la reforma en trámite.-
CONSIDERANDO:
I) que analizada la documentación presentada por la compareciente y
efectuados los controles de estilo se concluye que la reforma estatutaria
proyectada se adecua a la normativa societaria vigente dispuesta por la
Ley N° 16.060, de 4 de setiembre de 1989, y las disposiciones
específicas en materia de intermediación financiera (Ley N° 17.613, de
27 de diciembre de 2002, Decreto- Ley N° 15.322, de 17 de setiembre de
1982 en la redacción dada por la Ley N° 16.327, de 11 de noviembre de
1992, el Decreto N° 614/992, de 11 de diciembre de 1992) y demás
disposiciones concordantes y complementarias.-
ATENTO:
a lo informado por el Banco Central del Uruguay y Auditoría Interna de la
Nación del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°)
Autorízase la reforma del Estatuto Social del Banco Acac S.A. por
modificación de su artículo 8°, según resolución de la Asamblea
Extraordinaria de Accionistas de fecha 23 de setiembre de 2002, cuya
redacción última se estableció en la Asamblea Extraordinaria de
Accionistas de 30 de junio de 2003.-
2°)
Comuníquese, notifíquese y pase a sus efectos a la Auditoría Interna de
la Nación.
|