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       30/10/03    
       
      29/10/03
      – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN PROMOVIDA POR LA IMM
      
       
      VISTO:
      la gestión promovida por la Intendencia Municipal de Montevideo, en la
      que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran
      corresponder para la importación de diversos bienes.- 
      RESULTANDO:
      que se trata de equipos, contenedores y vehículos destinados a la
      División Limpieza de la Comuna gestionante.- 
      CONSIDERANDO:
      que el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991,
      declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el articulo 220° de
      la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de
      inmunidad impositiva tanto nacional como departamental, por los bienes y
      actividades no comerciales ni industriales.- 
      ATENTO:
      a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica
      del Ministerio de Economía y Finanzas.- 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      R
      E S U E L V E:
       
       
      1°)
      Declárase que los equipos, contenedores y vehículos que se detallan en
      las facturas proforma adjuntas, por un valor Cif de U$S 1:653.647,86 (un
      millón seiscientos cincuenta y tres mil seiscientos cuarenta y siete
      dólares de los Estados Unidos de América con 86/100) , a importar por la
      Intendencia Municipal de Montevideo, dado su destino, se encuentran
      incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el articulo
      463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.- 
      2°)
      La importación de referencia se encuentra exonerada de los siguientes
      gravámenes: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al
      Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado,
      Impuesto Especifico Interno, Tasas Consulares, Tasa de Contra1or de
      Importaciones y Tasa de Servicios Extraordinarios.- 
      3°)
      Comuníquese, notifíquese y archívese. 
       
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