30/10/03
29/10/03
– SE DECLARA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO “PERMISO DE EXPLORACIÓN”
OTORGADO A JUAN CARLOS FERNÁNDEZ
VISTO:
las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de
Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero
PERMISO DE EXPLORACION
otorgado a JUAN CARLOS FERNANDEZ y autorizada la cesión a DIAMELCO
S.A. por resoluciones de 8 de mayo de 2000 y 12 de enero de 2001
respectivamente, sobre un yacimiento de piedra partida, en la 18a Sección
Catastral del Departamento de Canelones ;
RESULTANDO:
I) que el referido título fue otorgado por el plazo de 24 meses
siendo notificado el 9 de mayo de 2000;
II)
que el 9 de agosto de 2000 fue suspendido el cómputo del plazo de
vigencia del título minero a partir de 17 de mayo de 2000 hasta el
otorgamiento y notificación de la resolución imponiendo la servidumbre
de ocupación;
III)
que la servidumbre fue otorgada el 18 de setiembre de 2002 y notificada el
1° de octubre de 2002 por que lo se levantó la suspensión de cómputo
del plazo a partir de esa última fecha, por resolución de 21 de octubre
de 2002;
IV)
que la titular ha incumplido con la presentación de los informes
trimestrales y no retiró los edictos para realizar las publicaciones en
el expediente de servidumbre en As.529/99, configurando infracciones
administrativas;
CONSIDERANDO:
que el incumplimiento de dichas obligaciones la hacen pasible de la
sanción de caducidad del derecho minero prevista en los artículos 57 y
59 c) del Código de Minería;
ATENTO:
a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE
EXPLORACIÓN otorgado a JUAN CARLOS FERNÁNDEZ y autorizada la cesión a DIAMELCO
S.A. por resoluciones de 8 de mayo de 2000 y 12 de enero de 2001
respectivamente, sobre un yacimiento de piedra partida, afectando el
padrón 6727 (p ) en un área de 42 hás. 7611 m2, en la 18ª Sección
Catastral del Departamento de Canelones.
2°.-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.
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