30/10/03    

29/10/03 – SE DECLARA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO “PERMISO DE PROSPECCIÓN” OTORGADO A LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE COMBUSTIBLES ALCOHOL Y PORTLAND

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN concedido a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE COMBUSTIBLES, ALCOHOL y PORTLAND por resolución de 2 de agosto de 2000, en busca de caliza, en la 1ª  Sección CatastraI del Departamento de Treinta y Tres;

RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia de dicho título se estableció en veinticuatro meses siendo notificado el 31 de agosto de 2000.

II) que por resolución de 26 de mayo de 2003 se concedió a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE COMBUSTIBLES, ALCOHOL y PORTLAND la prórroga del título por un plazo de 12 meses contados a partir de 9 de agosto de 2002 sobre una superficie de 931 hás. 4386 m2 afectando los padrones 405, 426 (p), 429, 2441, 8642, 2746, 3086, 3304, 3816, 3828, 3831, 5626, 5627, 5628, 7242, 7353, 7409, 7410 y 8641 de la 1ª Sección Catastral del Departamento de treinta y tres y se declaró libre de interferencia el área restante de 1211 hás. 5980 m2 afectando los padrones 10, 399, 404, 424, 427, 444, 2625, 3015, 3423, 4002, 4013, 4014, 5663 y 7088 de la misma Sección Catastral y Departamento;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el Art. 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE COMBUSTIBLES ALCOHOL y PORTLAND por resolución de 2 de agosto de 2000 y prorrogado por resolución de 26 de mayo de 2003, en busca de caliza, sobre una superficie de 931 hás. 4386 m2 afectando los padrones 405,426 (p), 429,2441,8642,2746, 3086, 3304, 3816, 3828, 3831, 5626, 5627, 5628, 7242, 7353, 7409, 7410 y 8641 de la 1ª  Sección Catastral del Departamento de Treinta y Tres.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de minería y Geología a sus efectos.