30/10/03    

29/10/03 – SE OTORGA TÍTULO MINERO “CONCESIÓN PARA EXPLOTAR”, RESPECTO DE UN YACIMIENTO DE ARCILLA.

VISTO: la gestión promovida por WALTER SILVA tendiente a la obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un yacimiento de arcilla en la 9ª Sección Catastral del Departamento de Cerro Largo;

RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los presupuestos exigidos por el Código de Minería;

II) no se solicitó Servidumbre por ser el gestionante titular de derechos posesorios del padrón afectado por la petición minera, por un período mayor a 30 años;

III) se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención de la Autorización Ambiental Previa;

CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley N° 16.466 de 19 de enero de 1994;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Otórgase a WALTER SILVA el título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 30 años, respecto de un yacimiento de arcilla, en un área de 9 hás.,1680 m2 afectando el padrón 789 de la 9ª Sección Catastral del Departamento de Cerro Largo.

2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión de la mina al concesionario, en los términos previstos por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

3º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología.