la gestión
      promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la
      cual la empresa «REIFORD S.A.», solicita se le autorice la transferencia
      de la totalidad de sus acciones sociales, a favor de los señores José
      María Sáenz Valiente y Enrique Alfredo Fortini Uzal.-
      
      Resultando: I) que por la Resolución del Poder
      Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993, se autorizó a la empresa
      gestionante a suministrar el servicio de televisión para abonados en la
      ciudad Tacuarembó, departamento de Tacuarembó, por el sistema
      «cable».-
      
      II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo
      368/002 de 26 de febrero de 2002, se le autorizó a los señores Juan
      José Moratorio y Lucila Kauke a ceder y transferir la totalidad de sus
      acciones de la empresa «REIFORD S.A.», a favor de los señores Elsa
      Teresita Herrera Oreggia y Julio Carlevaro Carbo.-
      
      Considerando: I) que los titulares de las acciones,
      señores José María Sáenz Valiente y Enrique Alfredo Fortini Uzal, han
      cumplido con los requisitos y exigencias personales que establecen los
      Decretos 349/990 de 7 de agosto de 1990 y 125/993 de 12 de marzo de 1993.-
      
      II) que se ha agregado testimonio notarial del
      Contrato de Transferencia de Acciones de la sociedad dando cumplimiento a
      lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990, habiendo
      transcurrido el plazo reglamentario de cinco años que establece el
      artículo 19 del Decreto 349/990 citado, para que se pueda hacer
      modificaciones en la titularidad de las autorizaciones.-
      
      Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo
      dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decreto 3491 990 de
      7 de agosto de 1990, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios
      de Comunicaciones (URSEC) y por la Asesoría Letrada de la misma.-
      
      El Presidente de la República,
      Resuelve:
      1ro.- Autorízase a los señores Julio Carlevaro
      Carbo y Elsa Teresita Herrera Oreggia, a ceder y transferir la totalidad
      de sus acciones en la empresa «REIFORD S.A», permisionaria del servicio
      de televisión para abonados en la ciudad de Tacuarembó del departamento
      homónimo, a favor de los señores José Maria Sáenz Valiente y Enrique
      Alfredo Fortini Uzal.-
      
      2do.- Declárase que la sociedad «REIFORD SA»,
      quedará integrada por los señores José María Sáenz Valiente y Enrique
      Alfredo Fortini Uzal.-
      
      3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad
      Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos.
      Cumplido, archívese.-