la oferta
      presentada por el señor Ramón Alberto Vidal Viera para la compra del
      bien padrón 1418, ubicado en la cuarta Sección Judicial del Departamento
      de San José, zona rural;
      
      RESULTANDO: que dicha oferta asciende a la suma de
      221,50 Unidades Reajustables al contado;
      
      CONSIDERANDO: I) que por resolución del Poder
      Ejecutivo de 15 de octubre de 2002 se autorizó al Ministerio de Salud
      Pública a vender el bien de conformidad con lo dispuesto por el articulo
      343 de la Ley N° 13.835 de 7 de enero de 1970;
      
      II) que dicho bien fue declarado prescindible, para
      el desenvolvimiento de los cometidos sustanciales del Estado por el
      Decreto del Poder Ejecutivo N"65/002 de 8 de febrero de
      20020.
      
      IV) lo informado por el Departamento Notarial del
      Ministerio de Salud Pública;
      
      ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 343 de la
      Ley No. 13.835 de 7 de enero de 1970, modificativas y concordantes y a lo
      precedentemente expuesto;
      
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      RESUELVE:
      1°.- Acéptase la oferta presentada por el señor
      RAMÓN ALBERTO VIDAL para la compra del bien padrón 1418, ubicado en la
      cuarta Sección Judicial del Departamento de San José, zona rural, por la
      suma de 221,50 U.R. (doscientas veintiuna Unidades Reajustables con
      50/100) al contado.
      
      2°.- Facúltase al señor Ministro de Salud
      Pública a otorgar y suscribir la documentación necesaria a los fines de
      la enajenación que se re realiza.
      
      3º. – Comuníquese.