la oferta
presentada por el señor Ramón Alberto Vidal Viera para la compra del
bien padrón 1418, ubicado en la cuarta Sección Judicial del Departamento
de San José, zona rural;
RESULTANDO: que dicha oferta asciende a la suma de
221,50 Unidades Reajustables al contado;
CONSIDERANDO: I) que por resolución del Poder
Ejecutivo de 15 de octubre de 2002 se autorizó al Ministerio de Salud
Pública a vender el bien de conformidad con lo dispuesto por el articulo
343 de la Ley N° 13.835 de 7 de enero de 1970;
II) que dicho bien fue declarado prescindible, para
el desenvolvimiento de los cometidos sustanciales del Estado por el
Decreto del Poder Ejecutivo N"65/002 de 8 de febrero de
20020.
IV) lo informado por el Departamento Notarial del
Ministerio de Salud Pública;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 343 de la
Ley No. 13.835 de 7 de enero de 1970, modificativas y concordantes y a lo
precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Acéptase la oferta presentada por el señor
RAMÓN ALBERTO VIDAL para la compra del bien padrón 1418, ubicado en la
cuarta Sección Judicial del Departamento de San José, zona rural, por la
suma de 221,50 U.R. (doscientas veintiuna Unidades Reajustables con
50/100) al contado.
2°.- Facúltase al señor Ministro de Salud
Pública a otorgar y suscribir la documentación necesaria a los fines de
la enajenación que se re realiza.
3º. – Comuníquese.