07/11/03    

06/11/03 – DÍA DEL FUNCIONARIO DE SALUD PÚBLICA

VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo No.46112 de fecha 29 de mayo de 1962 por a cual se declaró el día 20 de octubre "Día del Funcionario de Salud Pública";

RESULTANDO: I) que dicha declaración tiene como objetivo exaltar la alta finalidad social y la trascendencia de la obra que llevan a cabo con abnegación los funcionarios del Ministerio de Salud Pública;

II) que se entiende pertinente que dicha fecha sea conmemorada declarándose día no laborable para la totalidad de los funcionarios de la mencionada Secretaria de Estado, sin

perjuicio del régimen de guardias correspondientes;

CONSIDERANDO: que corresponde proceder en consecuencia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 44 de' la Constitución de la República y por los artículos 2° numeral 6°, 3° y 34° y siguientes de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud Pública No. 9.202 de 12 de enero de 1934;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Establécese que el día 20 de octubre, "Día del Funcionario de Salud Pública", destinado a exaltar la alta finalidad social de la misión de aquel personal; será dedicado a

valorar la trascendencia y la abnegación de la obra que llevan a cabo los funcionarios del Ministerio de Salud Pública y generará un día compensatorio, que el funcionario podrá gozar cuando lo solicitare, siempre que las necesidades del servicio donde prestare funciones lo permitiere a juicio del Director de la Unidad Ejecutora correspondiente

2°.- Cúrsese oficio a la Administración Nacional de la Enseñanza pública exhortando a que en la fecha señalada se dé lectura en todos los Centros Educativos que integran sus dependencias, a una página alusiva a la fecha señalada, dedicando unos minutos a destacar la labor humanitaria desarrollada por el personal dependiente del Ministerio de Salud Pública, instruyendo brevemente a los alumnos respecto del deber constitucional de todo habitante de la República de asistirse en caso de enfermedad y del correcto uso de los servicios asistenciales públicos, así como la vía para acceder a los mismos

3°.- Publíquese.-