07/11/03    

06/11/03 - SE PROMUEVE PROYECTO DE INVERSIÓN DE LA SOCIEDAD SAN FRANCISCO DE SALES

VISTO: el proyecto de inversión presentado por la sociedad San Francisco de Sales (Padres Salesianos) .-

RESULTANDO: I) que el objetivo del proyecto, subvencionado en parte por la Unión Europea (Proyecto de Promoción Integral y Desarrollo Rural ONG- PVP/2002/020-472/UY) y en parte también por la ONG italiana Amici dei Popoli, es la creación de un centro de desarrollo local en Sarandí del Yí (Institución Paiva Irisarri), situado al sur del departamento de Durazno, en el que jóvenes del medio rural puedan obtener formación y capacitación vinculadas al trabajo en dicho medio.-

II) que el referido aprendizaje supone una fase práctica, por cuanto los bienes producidos

durante y después del mismo serán comercializados, haciendo así al proyecto sustentable. Esta característica le otorga al proyecto un perfil diferenciado del concepto tradicional de servicios de enseñanza y orientado más bien a la aplicación directa de mano de obra en lo inmediato y al fomento de la microempresa en el corto plazo.-

III) que el emprendimiento está orientado a la generación de empleo productivo tanto en forma directa como indirecta, al fomento de la micro y pequeña empresa ya la contribución a la descentralización geográfica con utilización de mano de obra en insumos locales, además de sus fines educativos.-

CONSIDERANDO: I) que el proyecto de inversión referido cumple con lo establecido por los literales C) , E) y F) del artículo 11° de la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998.-

II) la conveniencia de fomentar emprendimientos de este tipo por sus objetivos sociales y atendiendo a su particular financiamiento.-

ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 15° de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Declárase promovido el proyecto de inversión presentado por la Sociedad San Francisco de Sales (Padres Salesianos) , referente a la creación de un centro de desarrollo local en Sarandí del Yí.-

2°) Acuérdase a dicha institución un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en las adquisiciones en plaza de bienes y servicios, directamente vinculados con las obras civiles proyectadas y en las adquisiciones en plaza de maquinarias y equipos (bienes de activo fijo), así como mobiliario y equipamiento necesarios para la inversión proyectada por un monto imponible total de hasta U$S 711.887,00 (setecientos once mil ochocientos ochenta y siete dólares de los Estados Unidos de América) , aplicables a los ejercicios comprendidos entre el 2003 y el 2006 inclusive.-

El crédito a que hace referencia este numeral tendrá el mismo tratamiento que el acordado a los exportadores.-

3°) Los beneficios fiscales establecidos en la presente Resolución, se autorizarán en igual

proporción que la que se constate que exista entre la inversión realizada y la comprometida.-

4°) A los efectos del contr01 y seguimiento, la Sociedad San Francisco de Sales deberá informar anualmente ante la Comisión de Aplicación y, en forma simultánea, ante el Ministerio de Economía y Finanzas, con respecto a la ejecución del proyecto y al cumplimiento de las metas del mismo, así como del uso de los beneficios promocionales otorgados por esta Resolución.-

5º) Comuníquese, notifíquese, etc.-