el objetivo
prioritario del Gobierno sobre la protección social de los sectores más
vulnerables de la población.-
RSULTANDO: I) que no obstante estar enmarcado en un
contexto critico, sin antecedentes históricos, dicho objetivo ha estado
especialmente contemplado en los recursos presupuestales y financieros que
el gobierno ha asignado para el cumplimiento de sus diferentes líneas de
acción, convirtiendo el área social en el principal destinatario del
gasto público. -
II) que por Decreto N° 155/03 de 25 de abril de
2003, se creó una Comisión Especial a fin de coordinar el diseño de
políticas y acciones destinadas a proteger a los mencionados sectores de
la población.-
CONSIDERANDO: I) que como componente de esas
políticas y acciones, corresponde disponer la auditoria de gestión en
relación a los recursos asignados, en carácter de instrumento para la
corrección y mejora de los procedimientos aplicables la correcta
determinación de las políticas de acción y para ofrecer la mayor
información y transparencia en el manejo y administración de los dineros
públicos.-
II) que de conformidad a lo dispuesto por los
artículos 42° y 93° del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera (TOCAF), en los términos dados por los
artículos 48° y 49° respectivamente de la Ley N° 16.736, de 5 de enero
de 1996, la Auditoria Interna de la Nación es el organismo competente
para cumplir tales cometidos, los que se llevarán a cabo por equipos
multidisciplinarios, que contemplen las diferentes esferas de actuación
de los organismos involucrados.
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°) Cométese a la Auditoria Interna de la Nación
la realización de auditorias de gestión en los organismos incluidos en
el articulo 47° de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y cuyos
cometidos se encuentren directamente vinculados al área social.-
2°) Para el cumplimiento de las referidas
auditorias la Auditoria Interna de la Nación podrá
requerir directamente información y apoyo de las
unidades y dependencias que este pertinente, a efectos de constituir
equipos multidisciplinarios que colaboren en la determinación y
valoración de la gestión que cumplen los organismos a auditar.-
3°) Comuníquese, etc.-