el Convenio
      celebrado el 29 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas y el Ministerio de Educación y Cultura.
      
      RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por
      objeto realizar la continuación de las obras de recuperación del
      Monumento Histórico "Casa de los Pérez" del Departamento de
      Montevideo.
      
      II) Que el Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas, a través de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye
      con la asistencia técnica, ejecución de las obras y administración, las
      que se realizarán por el régimen de administración directa, así como
      los equipos e infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
      
      III) Que el Ministerio de Educación y Cultura,
      contribuirá con la suma de $ 560.000.- (pesos uruguayos quinientos
      sesenta mil), que se atenderá con los rubros correspondientes al Inciso
      11, Unidad Ejecutora 008, Financiamiento 12, Programa 003, Proyecto 722,
      Objeto de Gasto 382, Ejercicio 2003, existiendo los créditos disponibles
      de acuerdo al articulo 10 de¡ Decreto N° 24/999, de fecha 3 de febrero
      de 1999, Afectación N° 110 y con el Decreto N° 90/000 del 3 de marzo de
      2000. Dicho monto en efectivo, ajustable por el Índice General de Costos
      de la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística,
      será depositado en la Cuenta de la Dirección Nacional de Arquitectura,
      del Ministerio de Transporte y Obras Públicas N° 152 2441-0 del Banco de
      la República Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra. y 4ta.).
      
      CONSIDERANDO: I) que la realización de los
      trabajos indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la
      Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas, por el régimen de Administración Directa, por lo que es
      pertinente autorizar a dicha dependencia para contratar directamente y
      ordenar el gasto resultante de los servicios y suministros necesarios a
      tales fines, según lo establecido por el Artículo 97 de la Ley N°
      15.851 de 24 de diciembre de 1986;-
      
      ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede
      aprobar el Convenio de que se trata EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      R E S U E L V E:
      1º.- Apruébase, en todas sus
      partes, el Convenio celebrado el 29 de octubre de 2003, entre el
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Educación y
      Cultura,
      que tiene por finalidad realizar la continuación de
      las obras 'de recuperación del Monumento Histórico "Casa de los
      Pérez" del Departamento de Montevideo.
      
      2°.- Autorízase a la Dirección Nacional de
      Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de $
      560.000.- (pesos uruguayos quinientos sesenta mil) en efectivo, ajustable
      por el Indice General de Costos de la Construcción, elaborado por el
      Instituto Nacional de Estadística, la realización de las indicadas obras
      por el régimen de Administración Directa.
      
      3°.- Autorízase, asimismo, a la Dirección
      Nacional de Arquitectura, a efectuar todos los. aprovisionamientos
      necesarios al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N°
      15.851 de 24 de diciembre de 1986.
      
      4°.- Establécese que el Ministerio de Educación
      y Cultura deberá, previa intervención de las oficinas pertinentes, poner
      a disposición de la Direcci6n Nacional de Arquitectura, el aporte en
      efectivo referido, en la Cuenta N° 152 2441-0 del Banco de la República
      Oriental del Uruguay (Casa Central) de la indicada Dirección.
      
      5°.- Establécese que la Dirección Nacional de
      Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su
      disposición de acuerdo con las normas legales reglamentarias.
      
      6°.- Comuníquese y vuelva -por su orden- al
      Departamento de Convenios y Dirección Nacional de Arquitectura a sus
      efectos.-