el convenio
celebrado el 17 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Asociación de Padres y Alumnos del Liceo "Maestra Haydee Bellini
Brillada", de Villa Rodriguez, Departamento de San José.
RESUL TANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado
por el Poder Ejecutivo con fecha 31/1212001.
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente resolución con un aporte de la
Administración Nacional de Educación Pública de $
242.000.- (pesos uruguayos doscientos cuarenta y dos mil), del que se
deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del técnico
actuante, El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota, para
realizar el reacondicionamiento del local para creación de un nuevo
salón de clase, pavimentación de patio existente y reparación de cerco
perimetral.
CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley Nº 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al articulo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
2001 y al numeral tercero del articulo quinto del citado convenio marco.
ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes
de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 17 de octUbre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Asociación de Padres y Alumnos del Liceo "Maestra Haydee Bellini
Brillada: de Villa Rodríguez, Departamento de San José, con el objeto de
realizar el reacondicionamiento del local para creación de un nuevo
salón de clase, pavimentación de patio existente y reparación de cerco
perimetral.
2º. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a. efectos de gestionar la transferencia a la
Cuenta Nº 0740014729, del Banco de la República Oriental del Uruguay
(Sucursal Villa Rodríguez), perteneciente a la Asociación de Padres y
Alumnos del Liceo "Maestra Haydee Bellini Brillada': de Villa
Rodríguez.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al
Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
a sus efectos.