el Convenio
celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela N° 117 de Carmelo, Departamento de
Colonia.
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado
por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $ 130.000.- (pesos uruguayos ciento treinta mil),
del que se deducirá las Leyes Sociales correspondientes. El monto
resultante será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la
impermeabilización con membrana de 240 m2 de azotea no transitable, 45 m2
de aleros y pintura interior y exterior del sector aulas.
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley Nº 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril
de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio
marco.
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes
de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus parles, el Convenio
celebrado el 24 de octubre de 2003 entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela Nº 117 de Carmelo, Departamento de
Colonia, con el objeto de realizar la impermeabilización con membrana de
240 m2 de azotea no transitable, 45 m2 de aleros y pintura interior y
exterior del sector aulas.
2º. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
Nº 3100, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Colonia), perteneciente a la Inspección Departamental de Educación
Primaria para la Comisión Fomento de la Escuela Nº 117 de Camelo.-
Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento
de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus
efectos.