11/11/03    

07/11/03 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y COMISIÓN FOMENTO DE ESCUELA N° 117 DE CARMELO

VISTO: el Convenio celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 117 de Carmelo, Departamento de Colonia.

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $ 130.000.- (pesos uruguayos ciento treinta mil), del que se deducirá las Leyes Sociales correspondientes. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la impermeabilización con membrana de 240 m2 de azotea no transitable, 45 m2 de aleros y pintura interior y exterior del sector aulas.

CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco.

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus parles, el Convenio celebrado el 24 de octubre de 2003 entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Nº 117 de Carmelo, Departamento de Colonia, con el objeto de realizar la impermeabilización con membrana de 240 m2 de azotea no transitable, 45 m2 de aleros y pintura interior y exterior del sector aulas.

2º. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 3100, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Colonia), perteneciente a la Inspección Departamental de Educación Primaria para la Comisión Fomento de la Escuela Nº 117 de Camelo.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.