11/11/03    

07/11/03 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y ASOCIACIÓN DE PADRES Y ALUMNOS DE LICEO DE COLONIA VALDENSE

VISTO: el convenio celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo "Daniel Armand Ugón'; de Colonia Valdense, Departamento de Colonia.

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $ 137.000.- (pesos uruguayos ciento treinta y siete mil), del que se deducirá las Leyes Sociales correspondientes. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la construcción de depósito en

planta baja y sustitución de aberturas en planta alta.

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al articulo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco.

ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo "Daniel Annand Ugón': de Colonia Valdense, Departamento de Colonia, con el objeto de realizar la construcción de depósito en planta baja y sustitución de aberturas en planta alta.

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 028-004750-6, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Nueva Helvecia), perteneciente a la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo "Daniel Annand Ugón: de Colonia Valdense.- Cumplido, vuelva con Ia constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.