el Convenio
celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela Nº 8 "Adela Acevedo de Varela"
de Nueva Palmíra, Departamento de Colonia.
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado
por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $162,000.- (pesos uruguayos ciento sesenta y dos
mil), del que se deducirá las Leyes Sociales correspondientes.
El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota,
para realizar la impermeabilización del 100% de los techos
(aproximadamente 760 m2).
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley Nº 17.243 del29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril
de 2001 y al numeral tercero del articulo quinto del citado Convenio
marco.
ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes
de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela Nº 8 " Adela Acevedo de Varela"
de Nueva Palmira, Departamento de Colonia, con el objeto, de realizar la
impermeabilización del 100% de los techos (aproximadamente 760 m2).
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de 18
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
Nº 0290000280, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Nueva Palmira), perteneciente 818 Comisión Fomento de la Escuela N° 8 de
Nueva Palmira.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia
al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, a sus efectos.