el Convenio
      celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y
      Comisión Fomento de la Escuela Nº 92 "Plácido Laguna" de
      Carmelo, Departamento de Colonia.
      
      RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
      2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado
      por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.
      
      II) que el Convenio mencionado en el visto de la
      presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
      Educación Pública de $120.000.- (pesos uruguayos ciento veinte mil), del
      que se deducirá las Leyes Sociales correspondientes. El monto resultante
      será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la impermeabilización de
      techos (aproximadamente 420 m2) sustituyendo "azotea de agua"
      por membrana asfáltica.
      
      CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
      ajusta a lo dispuesto en el articulo 200 de la Ley ND 17.243 del 29 de
      Junio de 2000, al articulo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
      2001 y al numeral tercero del articulo quinto del citado Convenio marco.
      
      ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes
      de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
      Administración Nacional de Educación Pública.
      
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLlCA
      RESUELVE:
      1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
      celebrado el 24 de octubre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
      Comisión Fomento de la Escuela Nº 92 "Plácido Laguna" de
      Carmelo, Departamento de Colonia, con el objeto de realizar la
      impermeabilización de techos (aproximadamente 420 m2) sustituyendo
      "azotea de agua" por membrana asfáltica.-
      
      2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
      Auditoría Delegada de! Consejo Directivo Central de la Administración
      Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
      citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
      Nº 00615105, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
      Carmelo), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela Nº 92 de
      Carmelo.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al
      Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,
      a sus efectos.