12/11/03    

11/11/03 – SE AUTORIZA CESIÓN DE ACCIONES DE “CANELONES CABLE VISIÓN COLOR S.A.”

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión realizada por los señores Daniel, Eduardo y Gabriel Bomio Clavería, para que se autorice la transferencia de las acciones de la empresa «CANELONES CABLE VISIÓN COLOR S.A», a favor de la señora Ana María Clavería Tudela.-

Resultando: I) que según la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993, se autorizó a que la referida empresa suministrara el servicio de televisión para abonados, por el sistema «cable» en la ciudad de Canelones y Pando del Departamento de Canelones, donde actualmente está operando.-

II) que se autorizó que la empresa ampliara su área de servicio, por los sistemas «cable» y «TDH» (Televisión Satelital Directa al Hogar) según emerge de lo dispuesto por el artículo 13 de la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998.-

III) que dichas autorizaciones tuvieron modificaciones por las Resoluciones del Poder Ejecutivo (número interno 77.183) de fecha 26 de enero de 1999, 1.066/999 de fecha 23 de noviembre de 1999, 486/002 de fecha 19 de marzo de 2002 y 551/999 de fecha 20 de julio de 1999.-

IV) que se solicita transferir la totalidad de las cuotas sociales a la Señora Ana María Clavería Tudela.-

CONSIDERANDO: I) que la nueva titular de las acciones, señora Ana María Clavería Tudela, ha cumplido con los requisitos y exigencias personales que establece el Decreto 349/990 de fecha 7 de agosto de 1990, en la redacción sustitutiva dada por los Decretos 125/ 993 de fecha 12 de marzo 1993 y 400/000 de fecha 29 de diciembre de 2000.-

II) que se ha acreditado en obrados el Contrato de Compraventa de Acciones de referencia, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto por el Decreto 586/990 de fecha 18 de diciembre de 1990.-

III) que ha transcurrido el plazo reglamentario de cinco años, establecido por el artículo 19 del Decreto 349/990, para que se pueda hacer modificaciones en la titularidad de las autorizaciones del servicio de televisión para abonados.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, los Decretos reglamentarios de servicios 349/ 990 de fecha 7 de agosto de 1990 en la redacción sustitutiva dada por los Decretos 125/993 de fecha 12 de marzo de 1993 y 400/000 de fecha 29 de diciembre de 2000, 586/990 de fecha 18 de diciembre de 1990, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo informado por la Asesoría Letrada de la misma.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorizase la cesión de la totalidad de las acciones pertenecientes a los señores Daniel Héctor Bomio Clavería, Eduardo Víctor Bomio Clavería y Gabriel Vicente Bomio Clavería en la empresa «CANELONES CABLE VISIÓN COLOR S.A.», permisionaria del servicio de televisión para abonados por el sistema de «cable» en las ciudades de Canelones y Pando del Departamento de Canelones, y por el sistema «TDH» en determinadas localidades y zonas rurales del mismo Departamento, a favor de la señora Ana María Clavería Tudela.-

2do.- Determinase que la empresa permisionaria «CANELONES CABLE VISIÓN COLOR S.A.» quedará integrada exclusivamente por la señora Ana María Clavería Tudela.-

3ro.- Publíquese, comuníquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (URSEC) a sus efectos. Cumplido, archívese.