12/11/03    

12/11/03 – INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN PROMOVIDA POR LA CÁMARA DE SENADORES DEL P.L.

VISTO: la gestión promovida por la Cámara de Senadores del Poder Legislativo, en la que solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran corresponder para la importación de determinados bienes.

RESULTANDO: que se trata de equipos de computación, repuestos y accesorios para computadoras y scanners, que han sido donados por el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional de China.

CONSIDERANDO: I) que por tratarse de una donación no corresponde la aplicación de lo establecido por el artículo 581° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, reglamentado por Decreto N° 333/001, de 21 de agosto de 2001.

II) que el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220° de la Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de inmunidad impositiva, tanto nacional como departamental, por los bienes y actividades no comerciales ni industriales.

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º) Declárase que los bienes que se detallan a continuación, a importar por la Cámara de Senadores del Poder Legislativo, por un valor total de U$S 120.481,93 (ciento veinte mil cuatrocientos ochenta y un dólares de los Estados Unidos de América con 93/100), se encuentran exoneradas del siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Comisión sobre Importaciones, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios Automatizados e Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, según lo previsto en el régimen de inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991: ciento cincuenta y cuatro equipos de computación; veinte repuestos; accesorios para computadoras y ciento sesenta y dos scanners.

2º) Comuníquese y archívese.