20/11/03
20/11/03 – SE APRUEBA PROYECTO DE CONTRATO MODIFICATORIO DEL
CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 1407/OC-UR
VISTO: el Contrato de
Préstamo Nº 1407/OC-UR, suscrito entre la República Oriental del
Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) , el 18 de junio de
2002, destinado a financiar parcialmente el Programa Global de
Financiamiento Multisectorial III.-
RESULTANDO: que a
nivel técnico se ha acordado con dicho organismo financiero internacional
la modificación de varias cláusulas de las Estipulaciones Especiales y
del Anexo A del referido Contrato de Préstamo, a los efectos de incluir
en el objeto del Programa un componente de Fortalecimiento
Institucional de la Superintendencia de Instituciones de Intermediación
Financiera del Banco Central del Uruguay y un componente de
fortalecimiento de la capacidad institucional del Banco de la República
Oriental del Uruguay.
CONSIDERANDO: I) que
se estima conveniente aprobar las
modificaciones, acordadas a nivel técnico con el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID)
II) que es necesario
designar representante del Gobierno de la República para suscribir
el correspondiente Contrato Modificatorio.-
ATENTO: a lo dispuesto
por el artículo 145º de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de
1986 y por Decreto Nº 586/993, de 27 de diciembre de 1993.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1º)
Apruébase el proyecto de Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo
N° 1407/OC-UR, cuyo texto forma parte de la presente Resolución, a
suscribirse entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la
República Oriental del Uruguay.
2º)
Desígnase al Sr. Ministro de Economía y Finanzas Ec. Isaac Alfie, para
suscribir en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay el
referido Contrato Modificatorio.
3º)
En lo referente al Ministerio de Economía y Finanzas, la presente
Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
4º)
Dese cuenta a la Asamblea General.
5º)
Comuníquese, etc.
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