20/11/03    

20/11/03 – SE APRUEBA PROYECTO DE CONTRATO MODIFICATORIO DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 1407/OC-UR

VISTO: el Contrato de Préstamo Nº 1407/OC-UR, suscrito entre la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) , el 18 de junio de 2002, destinado a financiar parcialmente el Programa Global de Financiamiento Multisectorial III.-

RESULTANDO: que a nivel técnico se ha acordado con dicho organismo financiero internacional la modificación de varias cláusulas de las Estipulaciones Especiales y del Anexo A del referido Contrato de Préstamo, a los efectos de incluir en el objeto del Programa un componente de Fortalecimiento Institucional de la Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera del Banco Central del Uruguay y un componente de fortalecimiento de la capacidad institucional del Banco de la República Oriental del Uruguay.

CONSIDERANDO: I) que se estima conveniente aprobar las modificaciones, acordadas a nivel técnico con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

II) que es necesario designar representante del Gobierno de la República para suscribir el correspondiente Contrato Modificatorio.-  

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 145º de la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por Decreto Nº 586/993, de 27 de diciembre de 1993.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º) Apruébase el proyecto de Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo N° 1407/OC-UR, cuyo texto forma parte de la presente Resolución, a suscribirse entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la República Oriental del Uruguay.

2º) Desígnase al Sr. Ministro de Economía y Finanzas Ec. Isaac Alfie, para suscribir en nombre del Gobierno de la República Oriental del Uruguay el referido Contrato Modificatorio.

3º) En lo referente al Ministerio de Economía y Finanzas, la presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

4º) Dese cuenta a la Asamblea General.

5º) Comuníquese, etc.