20/11/03
19/11/03 – SE APRUEBA EL
PROYECTO DE MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO A SUSCRIBIRSE ENTRE URUGUAY Y LA
REPÚBLICA ITALIANA, REFERIDO A LA CONCESIÓN DE UN CRÉDITO DE AYUDA PARA
EL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO
VISTO: el proyecto de
Memorándum de Entendimiento a suscribirse entre la República Oriental
del Uruguay y la República Italiana, referido a la concesión de
un crédito de ayuda para el Sistema Sanitario Público.
RESULTANDO:
que el Gobierno de la República Italiana ha manifestado la intención
de otorgar a nuestro país un financiamiento por
15:000.000,oo (quince millones de Euros), bajo la modalidad de
crédito de ayuda, en apoyo del Sistema Sanitario público.
CONSIDERANDO:
I) que oportunamente se celebrará con el Gobierno de la República
Italiana el respectivo Convenio Financiero, que será sometido a la
consideración del Poder Legislativo, conforme a lo previsto en el
artículo 145° de la Ley N° 15.851, de 17 de diciembre de 1986.
II)
que a efectos del inicio del referido proceso, se estima pertinente
suscribir un Memorándum de Entendimiento con la República Italiana,
debiéndose representante de nuestro país para su otorgamiento.
ATENTO:
a lo expuesto.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1º) Apruébase el
proyecto de Memorándum de Entendimiento a suscribirse entre la República
Oriental del Uruguay y la República Italiana, referido a la concesión de
un crédito de ayuda para el sistema Sanitario público, cuyo texto
adjunto forma parte de la presente Resolución.
2º) El referido
Memorándum será suscrito en nombre y
representación de la República Oriental del Uruguay por el Sr.
Sub-secretario del Ministerio de Economía y Finanzas, Cr. Alvaro Rossa.
3º) Comuníquese,
etc.
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