20/11/03    

19/11/03 – SE APRUEBA EL PROYECTO DE MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO A SUSCRIBIRSE ENTRE URUGUAY Y LA REPÚBLICA ITALIANA, REFERIDO A LA CONCESIÓN DE UN CRÉDITO DE AYUDA PARA EL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO

VISTO: el proyecto de Memorándum de Entendimiento a suscribirse entre la República Oriental del Uruguay y la República Italiana, referido a la concesión de un crédito de ayuda para el Sistema Sanitario Público.

RESULTANDO: que el Gobierno de la República Italiana ha manifestado la intención de otorgar a nuestro país un financiamiento por  15:000.000,oo (quince millones de Euros), bajo la modalidad de crédito de ayuda, en apoyo del Sistema Sanitario público.

CONSIDERANDO: I) que oportunamente se celebrará con el Gobierno de la República Italiana el respectivo Convenio Financiero, que será sometido a la consideración del Poder Legislativo, conforme a lo previsto en el artículo 145° de la Ley N° 15.851, de 17 de diciembre de 1986.

II) que a efectos del inicio del referido proceso, se estima pertinente suscribir un Memorándum de Entendimiento con la República Italiana, debiéndose representante de nuestro país para su otorgamiento.

 

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º) Apruébase el proyecto de Memorándum de Entendimiento a suscribirse entre la República Oriental del Uruguay y la República Italiana, referido a la concesión de un crédito de ayuda para el sistema Sanitario público, cuyo texto adjunto forma parte de la presente Resolución.

2º) El referido Memorándum será suscrito en nombre  y representación de la República Oriental del Uruguay por el Sr. Sub-secretario del Ministerio de Economía y Finanzas, Cr. Alvaro Rossa.

3º) Comuníquese, etc.