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       21/11/03    
       
      18/11/03
      – SE DESIGNA PLENIPOTENCIARIO AL EMBAJADOR DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL
      URUGUAY ANTE EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS
      
       
      VISTO:
      el Convenio Relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en
      Materia de Adopción Internacional, concluido en La Haya el veintinueve
      mayo de  mil novecientos
      noventa y tres y suscrito por la República Oriental del Uruguay el día
      primero de setiembre de mil novecientos noventa y tres;
      
       
      RESULTANDO:
      que dicho Convenio fue aprobado por el Poder Legislativo el día ocho de
      julio de dos mil tres y la Ley correspondiente número diecisiete mil
      seiscientos setenta fue promulgada por el Poder Ejecutivo el día quince
      de julio de dos mil tres;
      
       
      CONSIDERANDO:
      que es menester designar Plenipotenciario para proceder en nombre del
      Gobierno de la República, a la ratificación del referido Convenio;
      
       
      ATENTO:
      a la facultad que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la
      República en su numeral 20;
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      R
      E S U E L V E:
      
       
      1°.-
      Designase Plenipotenciario al señor Embajador de la República Oriental
      del Uruguay ante el Reino de los Países Bajos, Doctor Carlos Gianelli,
      para proceder en nombre del Gobierno de la República al depósito del
      Instrumento de Ratificación del Convenio Relativo a la Protección del
      Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, concluido
      en La Haya el veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y tres y
      suscrito por la República Oriental del Uruguay el día primero de
      setiembre de mil novecientos noventa y tres.
      
       
      2°.-
      Extiéndase la correspondiente Plenipotencia de estilo.
      
       
      3°-
      Comuníquese, etc.
        
       
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