21/11/03    

18/11/03 – SE DESIGNA PLENIPOTENCIARIO AL EMBAJADOR DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY ANTE EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS

VISTO: el Convenio Relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, concluido en La Haya el veintinueve mayo de  mil novecientos noventa y tres y suscrito por la República Oriental del Uruguay el día primero de setiembre de mil novecientos noventa y tres;

RESULTANDO: que dicho Convenio fue aprobado por el Poder Legislativo el día ocho de julio de dos mil tres y la Ley correspondiente número diecisiete mil seiscientos setenta fue promulgada por el Poder Ejecutivo el día quince de julio de dos mil tres;

CONSIDERANDO: que es menester designar Plenipotenciario para proceder en nombre del Gobierno de la República, a la ratificación del referido Convenio;

ATENTO: a la facultad que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la República en su numeral 20;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°.- Designase Plenipotenciario al señor Embajador de la República Oriental del Uruguay ante el Reino de los Países Bajos, Doctor Carlos Gianelli, para proceder en nombre del Gobierno de la República al depósito del Instrumento de Ratificación del Convenio Relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, concluido en La Haya el veintinueve de mayo de mil novecientos noventa y tres y suscrito por la República Oriental del Uruguay el día primero de setiembre de mil novecientos noventa y tres.

2°.- Extiéndase la correspondiente Plenipotencia de estilo.

3°- Comuníquese, etc.