21/11/03
19/11/03
– SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
DEL MTOP Y LA INTENDENCIA DE TACUAREMBÓ
VISTO:
el Convenio celebrado en fecha 11 de agosto de 2003 entre la Dirección
Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la
Intendencia Municipal de Tacuarembó.
RESULTANDO:
I) Que dicho documento tiene
por finalidad intercambiar bienes, consistentes en el aporte por parte de
la Intendencia Municipal de Tacuarembó de caños de hormigón para la
ejecución -a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad- de obras en
Rutas 28 y 31 y ésta última dependencia a cambio, entregará tosca
granítica.
II)
Que dichas prestaciones serán equivalentes, valorándose en la suma de
$74.623,20 cada una, sin que opere desembolso de dinero por esos
conceptos.
III)
Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N°
200.271) ha tomado intervención sin formular objeciones al respecto.
ATENTO:
a lo establecido en el artículo 33, Numeral 3, literal A) del Decreto N°
194/997 de 10 de junio de 1997 (T.O.C.A.F. 1996).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°.-
Apruébase -en todas sus partes- el Convenio celebrado en fecha 11 de
agosto de 2003, entre la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de
Transporte y Obras públicas y la Intendencia Municipal de Tacuarembó
-que luce en autos- con la finalidad de intercambiar bienes para la
ejecución de diferentes obras en ámbitos de sus competencias, cuyo
detalle surge de la cláusula CUARTO de dicho Convenio.
2º.-
Comuníquese y vuelva a la
Dirección Nacional de Vialidad del citado Ministerio, a sus efectos :
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