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       21/11/03    
       
      19/11/03
      – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
      DEL MTOP Y LA INTENDENCIA DE TACUAREMBÓ
      
       
      VISTO:
      el Convenio celebrado en fecha 11 de agosto de 2003 entre la Dirección
      Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la
      Intendencia Municipal de Tacuarembó. 
      
       
      RESULTANDO:
      I) Que dicho documento tiene
      por finalidad intercambiar bienes, consistentes en el aporte por parte de
      la Intendencia Municipal de Tacuarembó de caños de hormigón para la
      ejecución -a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad- de obras en
      Rutas 28 y 31 y ésta última dependencia a cambio, entregará tosca
      granítica. 
      
       
      II)
      Que dichas prestaciones serán equivalentes, valorándose en la suma de
      $74.623,20 cada una, sin que opere desembolso de dinero por esos
      conceptos. 
      
       
      III)
      Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N°
      200.271) ha tomado intervención sin formular objeciones al respecto. 
      
       
      ATENTO:
      a lo establecido en el artículo 33, Numeral 3, literal A) del Decreto N°
      194/997 de 10 de junio de 1997 (T.O.C.A.F. 1996). 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      R
      E S U E L V E:
      
       
      1°.-
      Apruébase -en todas sus partes- el Convenio celebrado en fecha 11 de
      agosto de 2003, entre la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de
      Transporte y Obras públicas y la Intendencia Municipal de Tacuarembó
      -que luce en autos- con la finalidad de intercambiar bienes para la
      ejecución de diferentes obras en ámbitos de sus competencias, cuyo
      detalle surge de la cláusula CUARTO de dicho Convenio. 
      
       
      2º.-
      Comuníquese y vuelva a la
      Dirección Nacional de Vialidad del citado Ministerio, a sus efectos :
        
       
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