21/11/03    

19/11/03 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DEL MTOP Y LA INTENDENCIA DE TACUAREMBÓ

VISTO: el Convenio celebrado en fecha 11 de agosto de 2003 entre la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Tacuarembó.

RESULTANDO: I) Que dicho documento tiene por finalidad intercambiar bienes, consistentes en el aporte por parte de la Intendencia Municipal de Tacuarembó de caños de hormigón para la ejecución -a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad- de obras en Rutas 28 y 31 y ésta última dependencia a cambio, entregará tosca granítica.

II) Que dichas prestaciones serán equivalentes, valorándose en la suma de $74.623,20 cada una, sin que opere desembolso de dinero por esos conceptos.

III) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N° 200.271) ha tomado intervención sin formular objeciones al respecto.

ATENTO: a lo establecido en el artículo 33, Numeral 3, literal A) del Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997 (T.O.C.A.F. 1996).

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°.- Apruébase -en todas sus partes- el Convenio celebrado en fecha 11 de agosto de 2003, entre la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras públicas y la Intendencia Municipal de Tacuarembó -que luce en autos- con la finalidad de intercambiar bienes para la ejecución de diferentes obras en ámbitos de sus competencias, cuyo detalle surge de la cláusula CUARTO de dicho Convenio.

2º.- Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad del citado Ministerio, a sus efectos :