28/11/03    

27/11/03 – SE CONFIRMA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DEL MTOP POR LA QUE SE APLICÓ UNA MULTA AL CONSORCIO RUTA 1 S.A.

VISTO: los recursos de revocación y jerárquico interpuestos por el CONSORCIO RUTA 1 S.A., concesionario de la concesión de la obra pública: "Ruta N° 1 : Doble Vía Montevideo Libertad y Nuevo Puente sobre el Río Santa

Lucía", según el llamado a Licitación Pública Internacional N° 23/93, contra la Resolución de la Dirección Nacional de Vialidad de fecha 11 de junio de 2003.

RESULTANDO: I) Que por el referido acto administrativo se le aplicó al citado Consorcio una multa consistente en UTB 20.700 equivalentes a $ 1.514.634 (pesos uruguayos: un millón quinientos catorce mil seiscientos treinta y cuatro) por infracción a lo estipulado en la Orden de Servicio N° 55 y el artículo 3° de la Sección 9 del Pliego de Condiciones Particulares de la Concesión de Obra Pública de referencia. 

II) Que la recurrente se reservó el derecho de fundamentar oportunamente los recursos interpuestos, solicitando asimismo, la suspensión de la ejecución por el término del “agotamiento de la vía administrativa”

III) Que con fecha 12 de agosto de 2003, por Resolución del Director Nacional de Vialidad, se procedió a mantener en todos sus términos la Resolución de fecha 11 de junio de 2003 y franqueó el recurso jerárquico deducido en subsidio ante el Poder Ejecutivo.

CONSIDERANDO: que el departamento Letrada por Informe Nº 477/03 de 23 de octubre de 2003, manifiesta que habiéndose otorgado vista a la recurrente la misma no ha fundado su recurso, no existiendo elementos que justifiquen la revocación del mismo correspondiendo mantener en la vía jerárquico al acto recurrido.

ATENTO: a lo establecido en el artículo 317 de la Constitución de la República, Decreto – Ley Nº 15.524 de 9 de enero de 1984, Ley N° 15.869 de 22 de junio de 1987 y Decreto N° 500/991 de 27 de setiembre de 1991.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Confírmase la Resolución de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras públicas de fecha 11 de junio de 2003, por la cual se le aplicó al CONSORCIO RUTA 1 S. A., una multa consistente en UTB 20.700 equivalente $ 1.514.634 (pesos uruguayos: un millón quinientos catorce mil seiscientos treinta y cuatro) por infracción a lo estipulado en la Orden de Servicio N° 55 y el artículo 3° de la Sección 9 del Pliego de Condiciones Particulares de la Concesión de Obra Pública de referencia. 

2º.- Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para notificación del interesado y accionamiento para el cobro de las multas aplicadas.