28/11/03
27/11/03
– SE CONFIRMA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DEL MTOP
POR LA QUE SE APLICÓ UNA MULTA AL CONSORCIO RUTA 1 S.A.
VISTO:
los recursos de revocación y jerárquico interpuestos
por el CONSORCIO RUTA 1 S.A., concesionario de la concesión de la
obra pública: "Ruta N° 1 : Doble Vía Montevideo Libertad y Nuevo
Puente sobre el Río Santa
Lucía",
según el llamado a Licitación Pública Internacional N° 23/93, contra
la Resolución de la Dirección Nacional de Vialidad de fecha 11 de junio
de 2003.
RESULTANDO:
I) Que por el referido acto administrativo se le aplicó al
citado Consorcio una multa consistente en UTB 20.700 equivalentes a
$ 1.514.634 (pesos uruguayos: un millón quinientos catorce mil
seiscientos treinta y cuatro) por infracción a
lo estipulado en la Orden de Servicio N° 55 y el artículo 3° de la
Sección 9 del Pliego de Condiciones Particulares de la Concesión de Obra
Pública de referencia.
II) Que la recurrente se reservó el derecho
de fundamentar oportunamente los recursos interpuestos, solicitando
asimismo, la suspensión de la ejecución por el término del “agotamiento
de la vía administrativa”
III) Que con fecha 12 de agosto de 2003, por Resolución del Director
Nacional de Vialidad, se procedió a mantener en todos sus términos la
Resolución de fecha 11 de junio de 2003 y franqueó el recurso
jerárquico deducido en subsidio ante el Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: que el
departamento Letrada por Informe Nº 477/03 de 23 de octubre de 2003,
manifiesta que habiéndose
otorgado vista a la recurrente la misma no ha fundado su recurso, no
existiendo elementos que justifiquen la revocación del mismo
correspondiendo mantener en la vía jerárquico al acto recurrido.
ATENTO: a lo
establecido en el artículo 317 de la Constitución de la República,
Decreto – Ley Nº 15.524 de 9 de enero de 1984, Ley N° 15.869 de 22 de
junio de 1987 y Decreto N° 500/991 de 27 de setiembre de 1991.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Confírmase la Resolución de la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras públicas de fecha 11 de junio de 2003,
por la cual se le aplicó al CONSORCIO RUTA 1 S. A., una multa consistente
en UTB 20.700 equivalente $
1.514.634 (pesos uruguayos: un millón quinientos catorce mil seiscientos
treinta y cuatro) por infracción a
lo estipulado en la Orden de Servicio N° 55 y el artículo 3° de la
Sección 9 del Pliego de Condiciones Particulares de la Concesión de Obra
Pública de referencia.
2º.-
Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para notificación del
interesado y accionamiento para el cobro de las multas aplicadas.
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