11/12/03    

30/11/03 – SE DESIGNA REPRESENTANTE PERMANENTE DEL URUGUAY EN LA COMISIÓN DE REPRESENTANTES PERMANENTES DEL MERCOSUR (CRPM)

VISTO: que la Decisión No. 11/03 de fecha 6 de octubre de 2003 del Consejo del Mercado Común en su artículo 1° creó la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM) como órgano del Consejo del Mercado Común, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 1 parágrafo único y artículo 8 numeral VII del Protocolo de Ouro Preto.

RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1° de julio de 2003, se dispuso que la Representación Permanente del Uruguay ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) tendrá a su cargo asimismo la Representación del Gobierno de la República ante la Secretaría del Mercado Común del Sur (MERCOSUR);

CONSIDERANDO: que corresponde designar el Representante Permanente del Uruguay para integrar la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR;

ATENTO: a lo dispuesto por el numeral 12 del artículo 168 de la Constitución de la República; el artículo 80 de la Ley N° 13.892 de 19 de octubre de 1970: el Decreto de fecha 2 de marzo de 1999, modificativos y concordantes; y la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1° de julio de 2003;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Desígnase al señor Embajador Dr. Agustín Milton Espinosa Lloveras, Representante Permanente del Uruguay ante ALADI, como Representante Permanente del Uruguay en la Comisión de Representantes Permanentes del MERCOSUR (CRPM).

2º.- Expídase la documentación correspondiente.

3º.- Comuníquese , notifíquese, etc.