19/12/03    

16/12/03 – AUTORIZASE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CASINOS LA DISTRIBUCIÓN DE ADELANTOS DE UTILIDADES LÍQUIDAS

VISTO: la gestión de la Dirección General de Casinos solicitando el pago de utilidades líquidas generadas por el propio organismo durante los ejercicios 2002 y 2003.-

RESULTANDO: que la Dirección General de Casinos sugiere otorgar las sumas de $ 13:756.355,00 (pesos uruguayos trece millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y cinco) por concepto de utilidades líquidas generadas en el año 2002 y un anticipo de $ 10:000.000,00 (pesos uruguayos diez millones) por concepto de utilidades líquidas generadas en el año 2003.-

CONSIDERANDO: I) que corresponde autorizar el pago de referencia.-

II) que el Tribunal de Cuentas no ha formulado observaciones.-

III) lo dispuesto por el literal b) del artículo 3° de la Ley N° 13.453, de 2 de diciembre de 1965 y artículo 123° de la Ley N° 13.737, de 9 de enero de 1969.-

ATENTO: a lo informado por la Dirección General de Casinos y el Departamento Técnico Financiero de la División Contabilidad y Finanzas de esta Secretaría de Estado.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase a la Dirección General de Casinos, con destino al Fondo de Previsión, la distribución de las sumas de $ 13:756.355,00 (pesos uruguayos trece millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y cinco) por concepto de utilidades líquidas generadas en el año 2002 y un anticipo de $ 10:000.000,00 (pesos uruguayos diez millones) , por concepto de utilidades líquidas generadas en el año 2003.-

2°) Dichos adelantos constituirán una operación contable de Tesorería sin imputación presupuestal, Grupo 03 "Gastos a Regularizar" Subgrupo 15 "Adelanto a cuenta utilidades de Casinos a partir 2001" .-

3°) Comuníquese y pase a sus efectos y por su orden a la Dirección General de Casinos y a la Tesorería General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-