19/12/03
16/12/03 – AUTORIZASE A LA DIRECCIÓN
GENERAL DE CASINOS LA DISTRIBUCIÓN DE ADELANTOS DE UTILIDADES LÍQUIDAS
VISTO: la gestión de
la Dirección General de Casinos solicitando el pago de utilidades líquidas
generadas por el propio organismo durante los ejercicios 2002 y 2003.-
RESULTANDO: que la
Dirección General de Casinos sugiere otorgar las sumas de $ 13:756.355,00
(pesos uruguayos trece millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos
cincuenta y cinco) por concepto de utilidades líquidas generadas en el año
2002 y un anticipo de $ 10:000.000,00 (pesos uruguayos diez millones) por
concepto de utilidades líquidas generadas en el año 2003.-
CONSIDERANDO: I) que
corresponde autorizar el pago de referencia.-
II) que el Tribunal de Cuentas no ha
formulado observaciones.-
III) lo dispuesto por el literal b) del
artículo 3° de la Ley N° 13.453, de 2 de diciembre de 1965 y artículo
123° de la Ley N° 13.737, de 9 de enero de 1969.-
ATENTO: a lo
informado por la Dirección General de Casinos y el Departamento Técnico
Financiero de la División Contabilidad y Finanzas de esta Secretaría de
Estado.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorízase a la
Dirección General de Casinos, con destino al Fondo de Previsión, la
distribución de las sumas de $ 13:756.355,00 (pesos uruguayos trece
millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y cinco) por
concepto de utilidades líquidas generadas en el año 2002 y un anticipo de
$ 10:000.000,00 (pesos uruguayos diez millones) , por concepto de utilidades
líquidas generadas en el año 2003.-
2°) Dichos adelantos
constituirán una operación contable de Tesorería sin imputación
presupuestal, Grupo 03 "Gastos a Regularizar" Subgrupo 15
"Adelanto a cuenta utilidades de Casinos a partir 2001" .-
3°) Comuníquese y
pase a sus efectos y por su orden a la Dirección General de Casinos y a la
Tesorería General de la Nación. Cumplido, vuelva para su archivo.-
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