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     19/12/03    
     
    30/11/03 – DESIGNASE PLENIPOTENCIARIO ANTE
    LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
    
     
    VISTO: la Enmienda al
    párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de todas
    las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por decisión de los
    Estados Partes en la Convención en la octava reunión celebrada el 22 de
    mayo de 1995 y aprobada por Resolución 50/2002 de la Asamblea General, de
    22 de diciembre de 1995; 
    
     
    RESULTANDO: que dicha
    Enmienda fue aprobada por el Poder Legislativo el día 16 de julio de 2003 y
    la Ley correspondiente N° 17.679 fue promulgada por el Poder Ejecutivo el
    día 31 de julio de 2003; 
    
     
    CONSIDERANDO: que es
    menester designar Plenipotenciario para proceder en nombre del Gobierno de
    la República, al depósito del Instrumento de Adhesión a la referida
    Enmienda; 
    
     
    ATENTO: a la facultad
    que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la República en su
    numeral 20; 
    
     
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    
     
    RESUELVE: 
    
     
    1°.- Desígnase
    Plenipotenciario al señor Representante Permanente de la República
    Oriental del Uruguay ante la Organización de las Naciones Unidas con sede
    en Nueva York, Embajador Doctor Felipe Paolillo, para proceder, en nombre
    del Gobierno de la República, al depósito del Instrumento de Adhesión a
    la Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la
    Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,
    adoptada por decisión de los Estados Partes en la Convención en la octava
    reunión celebrada el 22 de mayo de 1995 y aprobada por Resolución 50/2002
    de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 1995. 
    
     
    2°.- Extiéndase la
    correspondiente Plenipotencia de estilo. 
    
     
    3°- Comuníquese,
    etc. 
     
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