19/12/03
30/11/03 – DESIGNASE PLENIPOTENCIARIO ANTE
LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
VISTO: la Enmienda al
párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de todas
las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por decisión de los
Estados Partes en la Convención en la octava reunión celebrada el 22 de
mayo de 1995 y aprobada por Resolución 50/2002 de la Asamblea General, de
22 de diciembre de 1995;
RESULTANDO: que dicha
Enmienda fue aprobada por el Poder Legislativo el día 16 de julio de 2003 y
la Ley correspondiente N° 17.679 fue promulgada por el Poder Ejecutivo el
día 31 de julio de 2003;
CONSIDERANDO: que es
menester designar Plenipotenciario para proceder en nombre del Gobierno de
la República, al depósito del Instrumento de Adhesión a la referida
Enmienda;
ATENTO: a la facultad
que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la República en su
numeral 20;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desígnase
Plenipotenciario al señor Representante Permanente de la República
Oriental del Uruguay ante la Organización de las Naciones Unidas con sede
en Nueva York, Embajador Doctor Felipe Paolillo, para proceder, en nombre
del Gobierno de la República, al depósito del Instrumento de Adhesión a
la Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer,
adoptada por decisión de los Estados Partes en la Convención en la octava
reunión celebrada el 22 de mayo de 1995 y aprobada por Resolución 50/2002
de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 1995.
2°.- Extiéndase la
correspondiente Plenipotencia de estilo.
3°- Comuníquese,
etc.
|