19/12/03    

30/11/03 – DESIGNASE PLENIPOTENCIARIO ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS

VISTO: la Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por decisión de los Estados Partes en la Convención en la octava reunión celebrada el 22 de mayo de 1995 y aprobada por Resolución 50/2002 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 1995;

RESULTANDO: que dicha Enmienda fue aprobada por el Poder Legislativo el día 16 de julio de 2003 y la Ley correspondiente N° 17.679 fue promulgada por el Poder Ejecutivo el día 31 de julio de 2003;

CONSIDERANDO: que es menester designar Plenipotenciario para proceder en nombre del Gobierno de la República, al depósito del Instrumento de Adhesión a la referida Enmienda;

ATENTO: a la facultad que le otorga el Artículo 168 de la Constitución de la República en su numeral 20;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Desígnase Plenipotenciario al señor Representante Permanente de la República Oriental del Uruguay ante la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, Embajador Doctor Felipe Paolillo, para proceder, en nombre del Gobierno de la República, al depósito del Instrumento de Adhesión a la Enmienda al párrafo 1 del artículo 20 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, adoptada por decisión de los Estados Partes en la Convención en la octava reunión celebrada el 22 de mayo de 1995 y aprobada por Resolución 50/2002 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 1995.

2°.- Extiéndase la correspondiente Plenipotencia de estilo.

3°- Comuníquese, etc.