22/12/03
09/12/03
– DESIGNACIONES EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS
ARMADAS
Visto:
la propuesta formulada por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas, por la que se gestionan dos designaciones como Técnico IV,
Médico, Escalafón A, Grado 8 y el otorgamiento de equiparaciones al grado
de Teniente 1ro. Considerando: que las mismas se gestionan al amparo
de lo establecido por los artículos 4to. y 5to. de la Ley 16.127 de 7 de
agosto de 1990, artículos 8vo. y 9no. de la Ley 16.720 de 13 de octubre de
1995; artículo 104 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y 75 y 76 del
Decreto-Ley 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas) de 21 de febrero de
1974, con la modificación dada por el artículo 100 de la Ley 17.296 de 21
de febrero de 2001. Atento: a la opinión favorable de la Oficina
Nacional del Servicio Civil. El Presidente de la República, Resuelve:
1ro.- Desígnanse, en el Programa 006 "Salud Militar" , Unidad
Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" en
cargos de Técnico IV, Médico, Escalafón A, Grado 8, a los Doctores
Fabián Berro Pellejero, ciudadano natural, Credencial Cívica Serie B.C.C.
Nro. 3253 y Daniela Miriam Korytnicki Zukerman, ciudadana natural,
Credencial Cívica Serie A.X.B. Nro. 25.025. 2do.- Otórganse las
equiparaciones al grado de Teniente 1ro., a los Técnicos IV, Médicos,
Escalafón A, Grado 8, Doctores Fabián Berro Pellejero y Daniela Miriam
Korytnicki Zukerman. 3ro.- En el caso que las personas designadas
precedentemente, tengan carácter de funcionarios públicos, deberán
presentar constancia de que ha sido aceptada la renuncia al que actualmente
desempeñan, excepto si se trata de función docente, o se encuentran
comprendidos en lo establecido en el artículo 106 del Decreto-Ley 14.985 de
28 de diciembre de 1979, en cuyo caso deberán tramitar las acumulaciones de
sueldos correspondientes. 4to.- Comuníquese, publíquese y pase a
sus efectos a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa
Nacional, a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, a la
Oficina Nacional del Servicio Civil y a la Contaduría General de la
Nación. Cumplido, archívese.
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