22/12/03    

09/12/03 – SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO INTERPUESTO EN SUBSIDIO DEL DE REVOCACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA URSEC 174/03 DE 29 DE MAYO DE 2003


Visto:
el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de revocación por los señores Oscar Benquet y Juana Vázquez, contra la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) 174/03 de 29 de mayo de 2003.

Resultando: I) que por la mencionada Resolución se dispuso la clausura y la incautación definitiva de la Radio «ACHAR FM», que operaba en la frecuencia 90.1 " Mhz. de la localidad de Achar, departamento de Tacuarembó, realizada con carácter provisorio en inspección practicada con fecha 6 de setiembre de 2002. II) que por la Resolución 268/03 de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) de 7 de agosto de 2003, se desestimó el recurso de revocación interpuesto contra la Resolución recurrida, manteniéndose firme el acto administrativo impugnado y franqueándose el jerárquico ante el Poder Ejecutivo. Considerando: I) que el recurso fue interpuesto en tiempo y forma, acorde con la normativa vigente en la materia. II) que los recurrentes reconocen que operaban la radioemisora sin autorización, fundamentando su agravio básicamente en el carácter comunitario y de servicio social que la emisora tenía, que se había solicitado la autorización previamente sobre la cual recayó denegatoria ficta, pero consideran que la sanción dispuesta es desmesurada con la falta cometida. III) que del estudio de las actuaciones se concluye que no son de recibo dichos agravios, entendiendo que el acto impugnado es ajustado a derecho, ya que la emisora comenzó su transmisión sin la debida autorización y que ello además fue objeto de una denuncia por parte de la Asociación de Radios del Interior (RAMI), por lo que corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de revocación. Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo informado por la Asesoría Letrada de la misma y del Ministerio de Defensa Nacional.  El Presidente de la República, Resuelve: 1ro.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de revocación por los señores Oscar Benquet y Juana Vázquez, contra la Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) 174/03 de 29 de mayo de 2003, confirmándose en consecuencia el acto administrativo impugnado. 2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.