el proyecto de
Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Oriental del Uruguay
y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) , destinado a financiar
parcialmente el Programa de Desarrollo y Gestión Municipal.
RESULTANDO: que el Directorio Ejecutivo del Banco
Interamericano de Desarrollo (B.I.D.) aprobó el correspondiente Préstamo
N° 1489/OC-UR con fecha 5 de noviembre de 2003, por un monto de U$S
60:000.000,00 (sesenta millones de dólares de los Estados Unidos de
América) , que será amortizado en un plazo de veinticinco años, con cinco
años de gracia y con un interés variable semestral.-
CONSIDERANDO: que corresponde aprobar el respectivo
Contrato de Préstamo, que será suscrito en representación del país por
el Sr. Presidente de la República.-
ATENTO: a lo dispuesto por el articulo 145° de la
Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986 y por el Decreto N° 586/993, de
27 de diciembre de 1993.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°) Apruébase el proyecto de Contrato de Préstamo
N° 1489/OC-UR por un monto de U$S 60:000.000,00 (sesenta millones de
dólares de los Estados Unidos de América) , a celebrarse entre la
República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo
(B.I.D.) , Cuyo texto forma parte de la presente Resolución, destinado a
financiar parcialmente el Programa de Desarrollo y Gestión Municipal.-
2°) El referido contrato será otorgado y suscrito
en nombre y representación del país por el Sr. Presidente de la
República, Dr. Jorge Batlle.-
3°) Designase al Dr. Fernando Scelza como Asesor
Legal para que expida, por la República, los dictámenes jurídicos
correspondiente a dicho contrato.
4º) Dése cuenta a la Comisión Permanente.
5º) Comuníquese, etc.
CONTRATO DE PRÉSTAMO