08/01/04

31/12/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA ESCUELA AGRARIA DE SAN RAMÓN

 

VISTO: el Convenio celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Escuela Agraria "Carmen Piñeyro de Tapie" de San Ramón, del Departamento de Canelones

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $560.000.- (pesos uruguayos quinientos sesenta mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del técnico actuante, será depositado en 2 (dos) cuotas, para realizar la refacción del edificio que abarca el internado masculino, la administración, el comedor; etc. Incluye obras de demolición y reconstrucción de pisos y cielorrasos, ejecución de tabiques de yeso, acondicionamiento eléctricos suministro y colocación de aberturas

CONSIDERANOO: I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus parles, el Convenio celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras. Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Escuela Agraria "Carmen Piñeyro de Tapie" de San Ramón, del Departamento de Canelones, con el objeto .de realizar la refacción del edificio que abarca el internado masculino, la administración, el comedor; etc. Incluye obras de demolición y reconstrucción de pisos y cielorrasos, ejecución de tabiques de yeso, acondicionamiento eléctrico, suministro y colocación de aberturas

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 192-2, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal San Ramón), perteneciente a la Escuela Agraria "Carmen Piñeyro de Tapie" de San Ramón.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-