08/01/04
31/12/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA
ESCUELA AGRARIA DE SAN RAMÓN
VISTO: el Convenio celebrado el 23 de diciembre de
2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Escuela Agraria
"Carmen Piñeyro de Tapie" de San Ramón, del Departamento de
Canelones
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $560.000.- (pesos uruguayos quinientos sesenta mil),
del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del
técnico actuante, será depositado en 2 (dos) cuotas, para realizar la
refacción del edificio que abarca el internado masculino, la
administración, el comedor; etc. Incluye obras de demolición y
reconstrucción de pisos y cielorrasos, ejecución de tabiques de yeso,
acondicionamiento eléctricos suministro y colocación de aberturas
CONSIDERANOO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus parles, el Convenio
celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras. Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Escuela Agraria "Carmen Piñeyro de Tapie" de San Ramón, del
Departamento de Canelones, con el objeto .de realizar la refacción del
edificio que abarca el internado masculino, la administración, el comedor;
etc. Incluye obras de demolición y reconstrucción de pisos y cielorrasos,
ejecución de tabiques de yeso, acondicionamiento eléctrico, suministro y
colocación de aberturas
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
N° 192-2, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal San
Ramón), perteneciente a la Escuela Agraria "Carmen Piñeyro de
Tapie" de San Ramón.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha
transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, a sus efectos.-