08/01/04

31/12/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y EL INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE DE SAN RAMÓN

 

VISTO: el Convenio celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y el Instituto de Formación Docente de San Ramón, del Departamento de Canelones

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $439.000.- (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y nueve mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del técnico actuante, será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la impermeabilización de azoteas del local principal (1.150m2), reconstrucción de desagües, reparación de revoques y pintura de sala de informática, subdivisión de locales indicados en planos, mediante tabiques de yeso

CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artÍculo 4° del Decreto137/001 de fecha 25 de abrir de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Publicas, la Administración Nacional de Educación Publica y el Instituto de Formación Docente de San Ramón, del Departamento de Canelones, con el objeto de realizar la impermeabilización de azoteas del local principal (1.150m2), reconstrucción de desagües, reparación de revoques y pintura de sala de informática, subdivisión de locales indicados en planos, mediante tabiques de yeso

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Publica, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 901-048000191-4, del Banco de la Republica Oriental del Uruguay (Sucursal San Ramón), perteneciente al Instituto de Formación Docente de San Ramón.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Publicas, a sus efectos.-