08/01/04

31/12/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 63 DE LA PALMA

 

VISTO: el Convenio celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 63 de La Palma, del Departamento de Florida

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $126.000.- (pesos uruguayos ciento veintiséis mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del técnico actuante. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la colocación de pavimentos en aulas 11 2 y 3, adecuación y reparación de aberturas, pintura general

CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE;

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 63 de La Palma, del Departamento de Florida, con el objeto de realizar la colocación de pavimentos en aulas 1, 2 y 3, adecuación y reparación de aberturas, pintura general

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 051-002042-1, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Sarandí del Y¡), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela N°63 de La Palma.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-