08/01/04
31/12/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA
COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 63 DE LA PALMA
VISTO: el Convenio celebrado el 23 de diciembre de
2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la
Escuela N° 63 de La Palma, del Departamento de Florida
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $126.000.- (pesos uruguayos ciento veintiséis mil),
del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del
técnico actuante. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota,
para realizar la colocación de pavimentos en aulas 11 2 y 3, adecuación y
reparación de aberturas, pintura general
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE;
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela N° 63 de La Palma, del Departamento de
Florida, con el objeto de realizar la colocación de pavimentos en aulas 1,
2 y 3, adecuación y reparación de aberturas, pintura general
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
N° 051-002042-1, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Sarandí del Y¡), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela N°63
de La Palma.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al
Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a
sus efectos.-