08/01/04
31/12/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y EL
INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE DE FLORIDA
VISTO: el Convenio celebrado el 23 de diciembre de
2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y el Instituto de Formación
Docente de la ciudad de Florida, Departamento de Florida
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por
el Poder Ejecutivo con fecha 31/1212001
II) que el Convenio mencionado en el visto de la
presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $197.000.- (pesos uruguayos cuatrocientos ciento
noventa y siete mil), del que se deducirán las Leyes Sociales
correspondientes y honorarios del técnico actuante, será depositado en 1
(una) cuota, para realizar reparaciones generales
CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y el
Instituto de Formación Docente de la ciudad de Florida, Departamento de
Florida, con el objeto de realizar reparaciones generales
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
N° 0140004595, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Florida), perteneciente al Instituto de Formación Docente de Florida.-
Cumplido, vuelva con la constancia, de dicha transferencia al Departamento
de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-