15/01/04
09/01/04 – SE AUTORIZA CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE
VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, LA INTENDENCIA DE
COLONIA Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR
VISTO: la situación de emergencia habitacional en
que se encuentran varías familias de la localidad de Nueva Helvecia en el
departamento de Colonia;
RESULTANDO: I) que por nota remitida a por el
Ministerio del Interior al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente se solicitó apoyo para resolver la problemática
habitacional de funcionarios policiales de la ciudad de Nueva Helvecia, a
través de la implementación de un programa de lotes con servicios y
canasta de materiales;
II) que el Ministerio del Interior por nota fechada
el 30 de julio de 2002 propone la cesión de un terreno viable en la ciudad
de Nueva Helvecia, padrón N° 737, en mayor área, con destino a la
implantación de las viviendas, que deberá ser fraccionado y afectado al
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para su
posterior adjudicación a cada beneficiario, desarrollando así un programa
de hasta sesenta y seis (66) soluciones habitacionales, para ser adjudicadas
a funcionarios policiales de la ciudad de 'Nueva Helvecia que tiene
insatisfecha su necesidad de vivienda;
III) que corresponde autorizar la celebración de un
convenio entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, la Intendencia Municipal de Colonia y el Ministerio del Interior,
cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente, a través del cual ambos
Organismos sumen determinadas obligaciones;
CONSIDERANDO: I) que con la suscripción del referido
Convenio e tiende a solucionar la problemática habitacional de muchas
familias integradas con funcionarios policiales de la localidad de Nueva
Helvecia, propendiendo a mitigar la demanda allí existente;
II) que el objeto del Convenio constituye
cumplimiento de los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado;
III) que el Tribunal de Cuentas intervino el gasto
sin formular observaciones (asunto Nº ATENTO: a lo expuesto
precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Autorízase la suscripción de un Convenio
entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial, la Intendencia
Municipal de Colonia y el Ministerio del Interior, a fin de solucionar la
problemática habitacional de sesenta y seis (66) familias integradas por
personal policial de la ciudad de Nueva Helvecia, cuyo texto luce adjunto y
se considera parte de la presente Resolución.
2º.- La erogación resultante, que asciende a $
8.580.000,00 (pesos uruguayos ocho millones quinientos ochenta mil), se
imputará con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, según
constancia de afectación de crédito No
3º.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, a los efectos de comunicar la presente
resolución al Misterio del Interior y al Tribunal de Cuentas de la
República
CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE COLONIA Y EL
MINISTERIO DEL INTERIOR PARA DAR SOLUCIÓN HABITACIONAL A FUNCIONARIOS
POLICIALES DE LA CIUDAD DE NUEVA HELVECIA.
En la ciudad de ,a los días del mes de diciembre de
2003, comparecen: POR UNA PARTE.- El Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, representado en éste acto por el
Sr. Ministro Interino Dr. Oscar Brum de Mello, con domicilio en la calle
Zabala 1432 de la ciudad de Montevideo; POR OTRA PARTE.- El
Ministerio del Interior, representado en este acto por el Sr. Ministro
Interino Dr. Daniel Borrelli, con domicilio en la calle Mercedes 993 de
Montevideo y POR OTRA PARTE.- La Intendencia Municipal
de Colonia, representado en este acto por el Sr. Intendente Dr. Carlos
Moreira y el Sr. Secretario General Alfredo Alvarez, con domicilio en la Av.
Gral. Flores 467 de la ciudad de Colonia; quienes acuerdan celebrar el
presente Convenio de acuerdo a las siguientes estipulaciones:
PRIMERO.- ANTECEDENTES.- Las partes, ante la
constatación de que funcionarios del Ministerio del Interior de la
localidad de Nueva Helvecia, departamento de Colonia, y sus núcleos
familiares tienen insatisfecha su necesidad de vivienda y se encuentran en
situación de emergencia habitacional, están de acuerdo en abordar la
problemática en forma conjunta, habiéndose remitido una nota por parte del
Ministerio del Interior fechada el 30 de julio de 2002, por la cual dicha
Secretaría de Estado propone la cesión de un terreno de su propiedad en la
10º Sección Judicial del departamento de Colonia, para la implantación de
las viviendas, para su posterior adjudicación a cada beneficiario,
desarrollando un programa de hasta sesenta y seis (66) soluciones
habitacionales.- SEGUNDO.-OBJETÓ.- El objeto del presente Convenio
es atender la problemática social de los funcionarios y sus núcleos
familiares, antes mencionados, desarrollando un programa de
autoconstrucción por ayuda mutua, de hasta sesenta y seis (66) soluciones
habitacionales.-
TERCERO.- APORTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.- El
Ministerio del Interior se obliga a: I) aportar el terreno necesario para la
construcción de viviendas, identificado como padrón N° 737 en mayor
área, el cual deberá contar con la aprobación de la DINAVI; II) proyectar
y construir la infraestructura urbana (loteo y apertura de calles), la red
de abastecimiento de agua potable, la red de saneamiento, la red de energía
eléctrica (red de baja tensión y alumbrado público), pudiendo realizar
convenios con otros organismos para dar cumplimiento; y III) tramitar la
exoneración de aportes y permisos correspondientes.- IV) administrar los
fondos vertidos por el MVOTMA y pagar a los beneficiarios por el sistema de
avance de obra, previa autorización de la Dirección Nacional de Vivienda
;V) una vez finalizada la obra, adjudicar cada uno de los lotes con su
correspondiente vivienda, a los funcionarios beneficiarios del programa.-
CUARTO.- APORTE DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE COLONIA.- La
Intendencia Municipal de Colonia se obliga a: I) exonerar las tasas del
Permiso de Construcción de las viviendas a construir; II) aportar
maquinaria para las obras de infraestructura; y III) realizar la
Supervisión de la obra en forma conjunta con el MVOTMA.-
QUINTO.- APORTE DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL y MEDIO AMBIENTE.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente se obliga a: I) Financiar la suma de hasta $
8.580.000 (pesos uruguayos ocho millones quinientos ochenta mil). Dicha suma
corresponde a 66 canastas de materiales, con un costo unitario de $ 130.000
(pesos uruguayos ciento treinta mil), que se adjudicarán a la población
beneficiaria. El MVOTMA hará un único desembolso valor $8.580.000 al
Ministerio del Interior, por cuenta y orden de los beneficiarios. II)
estudiar y seleccionar a la población beneficiaria; III) asesorar
técnicamente a cada una de las familias; IV) elaborar el Anteproyecto
Arquitectónico de las viviendas con su rubrado, desglosando los materiales
con la cantidad unitaria de cada uno de ellos; y V) realizar la Supervisión
de la obra.-
SEXTO.-APORTE DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DEL
INTERIOR. -Los funcionarios del Ministerio del Interior beneficiarios
del programa se obligan a: I) aportar mano de obra (titulares o suplentes)
debiendo cumplir como mínimo 30 horas semanales (uno por vivienda), y II)
apoyar en la mano de obra para las obras de infraestructura (cunetas,
zanjas, etc.).
SÉPTIMO.- ADJUDICACIÓN DE LAS VIVIENDAS Las
familias para ser beneficiarias del
presente Convenio, deberán inscribirse en el S.I.A.V.,
cumplir con un ahorro de cinco (5) UR al momento del inicio de la obra; y
con las demás normas que rigen el referido sistema.-
OCTAVO.- PAGO.- Las familias adjudicatarias se
comprometen a partir de la ocupación de la vivienda, a pagar sesenta (60)
cuotas de 2 UR (Unidades Reajustables dos), que serán volcadas a las
mejoras del Conjunto Habitacional y a una O.N.G. que los administrará.-
NOVENO.- RENDICIÓN DE CUENTAS.- En cumplimiento a lo
dispuesto en la Ordenanza No.77 aprobada en sesión de fecha 29 de diciembre
de 1999 por el Tribunal de Cuentas de la República, el Ministerio del
Interior se obliga a remitir al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, en forma trimestral certificación de Contador
Público acompañada de un informe de Revisión Limitada avalando que los
fondos fueron utilizados por el monto y para los fines para los cuales
fueron entregados.-
DÉCIMO.- VIGENCIA.- El presente Convenio se
mantendrá vigente hasta la culminación de las construcciones del presente
programa.-
DÉCIMO PRIMERO.- FIRMAS.- Para constancia las partes
suscriben el presente convenio en tres ejemplares del mismo tenor, en el
lugar y fecha indicados ut supra.