15/01/04
    
    09/01/04 – SE AUTORIZA CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE
    VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, LA INTENDENCIA DE
    COLONIA Y EL MINISTERIO DEL INTERIOR
    VISTO: la situación de emergencia habitacional en
    que se encuentran varías familias de la localidad de Nueva Helvecia en el
    departamento de Colonia;
    
    RESULTANDO: I) que por nota remitida a por el
    Ministerio del Interior al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
    y Medio Ambiente se solicitó apoyo para resolver la problemática
    habitacional de funcionarios policiales de la ciudad de Nueva Helvecia, a
    través de la implementación de un programa de lotes con servicios y
    canasta de materiales;
    
    II) que el Ministerio del Interior por nota fechada
    el 30 de julio de 2002 propone la cesión de un terreno viable en la ciudad
    de Nueva Helvecia, padrón N° 737, en mayor área, con destino a la
    implantación de las viviendas, que deberá ser fraccionado y afectado al
    Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, para su
    posterior adjudicación a cada beneficiario, desarrollando así un programa
    de hasta sesenta y seis (66) soluciones habitacionales, para ser adjudicadas
    a funcionarios policiales de la ciudad de 'Nueva Helvecia que tiene
    insatisfecha su necesidad de vivienda;
    
    III) que corresponde autorizar la celebración de un
    convenio entre el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
    Ambiente, la Intendencia Municipal de Colonia y el Ministerio del Interior,
    cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente, a través del cual ambos
    Organismos sumen determinadas obligaciones;
    
    CONSIDERANDO: I) que con la suscripción del referido
    Convenio e tiende a solucionar la problemática habitacional de muchas
    familias integradas con funcionarios policiales de la localidad de Nueva
    Helvecia, propendiendo a mitigar la demanda allí existente;
    
    II) que el objeto del Convenio constituye
    cumplimiento de los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado;
    
    III) que el Tribunal de Cuentas intervino el gasto
    sin formular observaciones (asunto Nº ATENTO: a lo expuesto
    precedentemente;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1º.- Autorízase la suscripción de un Convenio
    entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial, la Intendencia
    Municipal de Colonia y el Ministerio del Interior, a fin de solucionar la
    problemática habitacional de sesenta y seis (66) familias integradas por
    personal policial de la ciudad de Nueva Helvecia, cuyo texto luce adjunto y
    se considera parte de la presente Resolución.
    
    2º.- La erogación resultante, que asciende a $
    8.580.000,00 (pesos uruguayos ocho millones quinientos ochenta mil), se
    imputará con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, según
    constancia de afectación de crédito No
    
    3º.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
    Territorial y Medio Ambiente, a los efectos de comunicar la presente
    resolución al Misterio del Interior y al Tribunal de Cuentas de la
    República
    
    CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO
    TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE, LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE COLONIA Y EL
    MINISTERIO DEL INTERIOR PARA DAR SOLUCIÓN HABITACIONAL A FUNCIONARIOS
    POLICIALES DE LA CIUDAD DE NUEVA HELVECIA.
    
    En la ciudad de ,a los días del mes de diciembre de
    2003, comparecen: POR UNA PARTE.- El Ministerio de Vivienda,
    Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, representado en éste acto por el
    Sr. Ministro Interino Dr. Oscar Brum de Mello, con domicilio en la calle
    Zabala 1432 de la ciudad de Montevideo; POR OTRA PARTE.- El
    Ministerio del Interior, representado en este acto por el Sr. Ministro
    Interino Dr. Daniel Borrelli, con domicilio en la calle Mercedes 993 de
    Montevideo y POR OTRA PARTE.- La Intendencia Municipal
    de Colonia, representado en este acto por el Sr. Intendente Dr. Carlos
    Moreira y el Sr. Secretario General Alfredo Alvarez, con domicilio en la Av.
    Gral. Flores 467 de la ciudad de Colonia; quienes acuerdan celebrar el
    presente Convenio de acuerdo a las siguientes estipulaciones:
    
    PRIMERO.- ANTECEDENTES.- Las partes, ante la
    constatación de que funcionarios del Ministerio del Interior de la
    localidad de Nueva Helvecia, departamento de Colonia, y sus núcleos
    familiares tienen insatisfecha su necesidad de vivienda y se encuentran en
    situación de emergencia habitacional, están de acuerdo en abordar la
    problemática en forma conjunta, habiéndose remitido una nota por parte del
    Ministerio del Interior fechada el 30 de julio de 2002, por la cual dicha
    Secretaría de Estado propone la cesión de un terreno de su propiedad en la
    10º Sección Judicial del departamento de Colonia, para la implantación de
    las viviendas, para su posterior adjudicación a cada beneficiario,
    desarrollando un programa de hasta sesenta y seis (66) soluciones
    habitacionales.- SEGUNDO.-OBJETÓ.- El objeto del presente Convenio
    es atender la problemática social de los funcionarios y sus núcleos
    familiares, antes mencionados, desarrollando un programa de
    autoconstrucción por ayuda mutua, de hasta sesenta y seis (66) soluciones
    habitacionales.-
    
    TERCERO.- APORTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.- El
    Ministerio del Interior se obliga a: I) aportar el terreno necesario para la
    construcción de viviendas, identificado como padrón N° 737 en mayor
    área, el cual deberá contar con la aprobación de la DINAVI; II) proyectar
    y construir la infraestructura urbana (loteo y apertura de calles), la red
    de abastecimiento de agua potable, la red de saneamiento, la red de energía
    eléctrica (red de baja tensión y alumbrado público), pudiendo realizar
    convenios con otros organismos para dar cumplimiento; y III) tramitar la
    exoneración de aportes y permisos correspondientes.- IV) administrar los
    fondos vertidos por el MVOTMA y pagar a los beneficiarios por el sistema de
    avance de obra, previa autorización de la Dirección Nacional de Vivienda
    ;V) una vez finalizada la obra, adjudicar cada uno de los lotes con su
    correspondiente vivienda, a los funcionarios beneficiarios del programa.-
    
    CUARTO.- APORTE DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE COLONIA.- La
    Intendencia Municipal de Colonia se obliga a: I) exonerar las tasas del
    Permiso de Construcción de las viviendas a construir; II) aportar
    maquinaria para las obras de infraestructura; y III) realizar la
    Supervisión de la obra en forma conjunta con el MVOTMA.-
    
    QUINTO.- APORTE DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
    TERRITORIAL y MEDIO AMBIENTE.- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
    Territorial y Medio Ambiente se obliga a: I) Financiar la suma de hasta $
    8.580.000 (pesos uruguayos ocho millones quinientos ochenta mil). Dicha suma
    corresponde a 66 canastas de materiales, con un costo unitario de $ 130.000
    (pesos uruguayos ciento treinta mil), que se adjudicarán a la población
    beneficiaria. El MVOTMA hará un único desembolso valor $8.580.000 al
    Ministerio del Interior, por cuenta y orden de los beneficiarios. II)
    estudiar y seleccionar a la población beneficiaria; III) asesorar
    técnicamente a cada una de las familias; IV) elaborar el Anteproyecto
    Arquitectónico de las viviendas con su rubrado, desglosando los materiales
    con la cantidad unitaria de cada uno de ellos; y V) realizar la Supervisión
    de la obra.-
    
    SEXTO.-APORTE DE LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DEL
    INTERIOR. -Los funcionarios del Ministerio del Interior beneficiarios
    del programa se obligan a: I) aportar mano de obra (titulares o suplentes)
    debiendo cumplir como mínimo 30 horas semanales (uno por vivienda), y II)
    apoyar en la mano de obra para las obras de infraestructura (cunetas,
    zanjas, etc.).
    
    SÉPTIMO.- ADJUDICACIÓN DE LAS VIVIENDAS Las
    familias para ser beneficiarias del
    presente Convenio, deberán inscribirse en el S.I.A.V.,
    cumplir con un ahorro de cinco (5) UR al momento del inicio de la obra; y
    con las demás normas que rigen el referido sistema.-
    
    OCTAVO.- PAGO.- Las familias adjudicatarias se
    comprometen a partir de la ocupación de la vivienda, a pagar sesenta (60)
    cuotas de 2 UR (Unidades Reajustables dos), que serán volcadas a las
    mejoras del Conjunto Habitacional y a una O.N.G. que los administrará.-
    
    NOVENO.- RENDICIÓN DE CUENTAS.- En cumplimiento a lo
    dispuesto en la Ordenanza No.77 aprobada en sesión de fecha 29 de diciembre
    de 1999 por el Tribunal de Cuentas de la República, el Ministerio del
    Interior se obliga a remitir al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
    Territorial y Medio Ambiente, en forma trimestral certificación de Contador
    Público acompañada de un informe de Revisión Limitada avalando que los
    fondos fueron utilizados por el monto y para los fines para los cuales
    fueron entregados.-
    
    DÉCIMO.- VIGENCIA.- El presente Convenio se
    mantendrá vigente hasta la culminación de las construcciones del presente
    programa.-
    
    DÉCIMO PRIMERO.- FIRMAS.- Para constancia las partes
    suscriben el presente convenio en tres ejemplares del mismo tenor, en el
    lugar y fecha indicados ut supra.