27/01/04
22/01/04 – SE DECLARA LA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO
"PERMISO DE EXPLORACIÓN" OTORGADO A GLENDORA S.A.
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la
Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la
caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN concedido a GLENDORA
S.A. por resolución de 1° de marzo de 1993 sobre un yacimiento de oro,
plata, cobre, plomo, zinc, tantalium y tungsteno en la 6ª Sección Judicial
del Departamento de Rivera; RESULTANDO: I) que el referido título
fue otorgado por el plazo de 24 meses siendo notificado su titular el 4 de
marzo de 1993, afectando parcialmente los padrones 7790, 1456, 1457, 5260,
7576 y 2559, en un área de 18 hás. 3412 m2 en la 6ª Sección Judicial del
Departamento de Rivera;
II) que habiendo iniciado la permisaria el trámite
de Concesión para Explotar por As. 634/90, el 10 de agosto de 1999 se
prorrogaron sus derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero;
III) que la Concesión para Explotar fue otorgada por
resolución del Poder Ejecutivo el 13 de noviembre de 2001 y labrada el Acta
de toma de posesión de la mina el 22 de agosto de 2003;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento de plazo de validez del título minero prevista en el Art.
21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su
caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado a GLENDORA S.A. por
resolución de 1° de marzo de 1993 sobre un yacimiento de oro, plata,
cobre, plomo, zinc, tantalium y tungsteno, que afecta parcialmente los
padrones 7790, 1456, 1457, 5260, 7576 y 2559, en un área de 18 hás. 3412
m2 en la 6ª Sección Judicial del Departamento de Rivera.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.