27/01/04

30/12/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y ALUMNOS DEL LICEO N°3 DE SAN JOSÉ

 

VISTO: el Convenio celebrado el 12 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo N° 3, Departamento de San José

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la construcción de refugio en accesos al Liceo N°3 ubicado en Avenida Aparicio Saravia y calle Soriano; con la suma de $25.000.- en efectivo para materiales

II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye con la suma de $4.000.- discriminada en el Convenio

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo N° 3, Departamento de San José, para realizar la construcción de refugio en accesos al Liceo N°3, ubicado en Avenida Aparicio Saravia y calle Soriano

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $25.000 (pesos uruguayos veinticinco mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo a la Ley N°16.736 del 5 de enero de 1996, Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiamiento 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2003, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, afectación N°667, y con el decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $25.000.- (pesos uruguayos veinticinco mil), en 1 (una) cuota de $25.000. -(pesos uruguayos veinticinco mil), a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, perteneciente a la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo N°3, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.-