27/01/04

15/01/04 - APRUEBASE CONVENIO CELEBRADO ENTREL EL MTOP, LA ANEP Y COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 7 DE "AURORA LIMA IPAR" DE PUEBLO ANDRESITO

 

VISTO: el Convenio celebrado el 28 de noviembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 7 "Aurora Lima Ipar" de Pueblo Andresito, Departamento de FIores.

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $932.000 (pesos uruguayos novecientos treinta y dos mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del técnico actuante. El monto resultante será depositado en 2 (dos) cuotas, para realizar la construcción de dos aulas contiguas de 6m x 8m cada una (105m2) y el techado de galería de conexión con el local existente.

CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley N° 17.243 del29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco.

ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUEL VE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 28 de noviembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administraci6n Nacional de Educaci6n Pública y la Comisi6n Fomento de la Escuela (\10 7 "Aurora Lima Ipar" de Pueblo Andresito, Departamento de Flores, con el objeto de realizar la oonstrucci6n de dos aulas contiguas de 6m x 8m cada una (105m2) y el techado de galería de conexión con el local existente.

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos ,de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 058-002825-2, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Trinidad), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela Nº 7 de Pueblo Andresito,- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.