27/01/04

15/01/04 - APRUEBASE CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA RURAL N° 5 "AGUSTÍN FERREIRO" DE CHACRAS

 

VISTO: el Convenio celebrado el 28 de noviembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 5 "Agustín Ferreiro" de Chacras, Departamento de Flores.

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un Convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/1212001.

II) que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $525.000.- (pesos uruguayos quinientos veinticinco mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del técnico actuante. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota, para realizar la ampliación de cocina y readecuación edilicia de los sectores A y B.

CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley N° 17. 243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco.

ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBUCA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 28 de noviembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural Nº 5 "Agustfn Ferreiro" de Chacras, Departamento de Flores, con el objeto de realizar la ampliación de cocina y readecuación edilicia de los sectores A y B.

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoria Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta Nº 058-002810-5, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Trinidad), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 5 de Chacras. -Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transpol1e y Obras Públicas, a sus efectos.