27/01/04
22/01/04 – SE DECLARA LA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO
CONCESIÓN PARA EXPLOTAR OTORGADO A JUSTO MARTÍN PIEDRAHITA Y SEGUNDO
PIEDRAHITA
VISTO: la renuncia presentada por JUSTO MARTÍN
PIEDRAHITA y SEGUNDO PIEDRAHITA al título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR
otorgado por resolución del Poder Ejecutivo de 30 de diciembre de 1996,
sobre un yacimiento de mármol en la 4ª Sección Judicial del Departamento
de Maldonado; RESULTANDO: I) el referido título fue otorgado a los
concesionarios por el plazo de 30 años labrándose el Acta respectiva de
toma de posesión de la mina el 24 de abril de 1997;
II) el 5 de febrero de 2001 se presenta renuncia al
título minero;
CONSIDERANDO: que se ha configurado la causal de
renuncia del derecho, prevista en el artículo 21, ordinal I), literal c)
numeral 3) del Código de Minería, corresponde declarar la caducidad de la
Concesión para Explotar;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado a JUSTO MARTÍN PIEDRAHITA
y SEGUNDO PIEDRAHITA el 30 de diciembre de 1996, por un plazo de 30 años,
sobre un yacimiento de mármol en un área de 8850 m2 afectando el padrón
6532 de la 4a Sección Judicial del Departamento de Maldonado.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la
Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.