27/01/04

22/01/04 – SE DECLARA LA CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO CONCESIÓN PARA EXPLOTAR OTORGADO A JUSTO MARTÍN PIEDRAHITA Y SEGUNDO PIEDRAHITA

VISTO: la renuncia presentada por JUSTO MARTÍN PIEDRAHITA y SEGUNDO PIEDRAHITA al título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado por resolución del Poder Ejecutivo de 30 de diciembre de 1996, sobre un yacimiento de mármol en la 4ª Sección Judicial del Departamento de Maldonado; RESULTANDO: I) el referido título fue otorgado a los concesionarios por el plazo de 30 años labrándose el Acta respectiva de toma de posesión de la mina el 24 de abril de 1997;

II) el 5 de febrero de 2001 se presenta renuncia al título minero;

CONSIDERANDO: que se ha configurado la causal de renuncia del derecho, prevista en el artículo 21, ordinal I), literal c) numeral 3) del Código de Minería, corresponde declarar la caducidad de la Concesión para Explotar;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado a JUSTO MARTÍN PIEDRAHITA y SEGUNDO PIEDRAHITA el 30 de diciembre de 1996, por un plazo de 30 años, sobre un yacimiento de mármol en un área de 8850 m2 afectando el padrón 6532 de la 4a Sección Judicial del Departamento de Maldonado.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.