27/01/04
    
    15/01/04 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 23/12/03,
    ENTRE EL MTOP, LA ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA Nº 48 DE
    CONSTITUCIÓN, DEL DEPARTAMENTO DE SALTO.
    
    VISTO: el Convenio celebrado el 23 de diciembre de
    2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
    Administración Nacional de Educación Pública y la Comisi6n Fomento de la
    Escuela Nº 48 de Constitución, del Departamento de Salto.- RESULTANDO:"
    I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un Convenio marco
    entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración
    Nacional, de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
    31/12/2001.
    
    II) que el Convenio mencionado en el visto de la
    presente Resoluci6n con un aporte de la Administración Nacional de
    Educación Pública de $198.000.- (pesos uruguayos ciento noventa y ocho
    mil), del que se deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios
    del técnico actuante, será depositado en 1 (una) cuota, para realizar
    reparaciones varias de pretiles, pisos, cocina y pinturas.
    
    CONSIDERANDO: I) que el Convenio relacionado se
    ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley N° 17. 243 del 29 de
    Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de
    2001. y al numeral tercero del artículo quinto del citado Convenio marco:
    
    ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de
    los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
    Administración Nacional de Educación Pública:
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    R E S U E L V E:
    1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
    celebrado el 23 de diciembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
    Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
    Comisión Fomento de la Escuela Nº 48 de Constitución, del Departamento de
    Salto, con el objeto de realizar reparaciones varias de pretiles, pisos,
    cocina y pinturas.
    
    2º. Comuníquese, y previo conocimiento de la
    Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
    Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
    citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
    Nº 044-000517-2, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
    Salto), perteneciente a la Comisión Departamental de Edificación Educativa
    de Salto para la Comisión Fomento de la Escuela Nº 48 de Constitución.-
    Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de
    Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.