28/01/04 

28/01/04 – SE PROMUEVE ACTIVIDAD DE AIR EURO AMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA (UAIR)

VISTO: la actividad de transporte aéreo de bienes y personas desarrollada por Air Euro América S.A. (Uair).-

RESULTANDO: que para la prestación de dichos servicios en condiciones de competencia internacional, esta empresa debe recurrir al arrendamiento de aeronaves con tecnología de avanzada.-

CONSIDERANDO: que es conveniente otorgar en el marco de las disposiciones legales vigentes, aquellas exoneraciones que mejoren las condiciones de prestación de los referidos servicios.-

ATENTO: a lo dispuesto por el inciso 2) del articulo 11° de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase promovida al amparo de lo dispuesto por el inciso 2) del articulo 11° de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad de arrendamiento, uso o cesión de uso de aeronaves, sin la provisión de tripulación, equipos o mantenimiento, a favor de Air Euro América Sociedad Anónima (Uair).-

2°) Exonérase del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio a las rentas provenientes de las citadas operaciones.-

3°) Comuníquese, publíquese, etc..-