el Convenio
celebrado el 14 de enero de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
públicas y el Ministerio de Educación y Cultura.
RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por
objeto realizar trabajos de preliminares de estudios y cateos en el edificio
del Ventorrillo de la Buena Vista, ubicado en Villa Serrana -Departamento de
Lavalleja.
II) Que el Ministerio de Transporte y Obras
públicas, a través de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye
con la asistencia técnica, ejecución de las obras y administración, las
que se realizarán por el régimen de administración directa, así como los
equipos infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
III) Que el Ministerio de Educación y Cultura,
contribuirá con la suma de $ 32.000.- (pesos uruguayos treinta dos mil),
que se atenderá con cargo a los rubros correspondientes al Inciso 11,
Financiación 11, Unidad Ejecutora 001, Programa 001, Proyecto 702, Objeto
del Gasto 382, Ejercicio 2003 existiendo los créditos disponibles de
acuerdo al artículo 1° del Decreto N° 24/999, de fecha 3 de febrero de
1999, Afectación N° 1271, y con el Decreto N° 90/000 del 3 de marzo de
2000. Dicho monto en efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de
la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, será
depositado en la Cuenta de la Dirección Nacional de Arquitectura, del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas N° 152 2441-0 del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra. y 4ta.). CONSIDERANDO:
I) que la realización de los trabajos indicados en el mencionado
Convenio, estarán a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por el régimen de
Administración Directa, por lo que es pertinente autorizar a dicha
dependencia para contratar directamente y ordenar el gasto resultante de los
servicios y suministros necesarios a tales fines, según lo establecido por
el Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede
aprobar el Convenio de que se trata.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R E S U E L V E:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 14 de enero de 2004, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Ministerio de Educación y Cultura, que tiene por finalidad
realizar trabajos preliminares de estudios y cateos en el edificio del
Ventorrillo de la Buena Vista, ubicado en Villa Serrana Departamento de
Lavalleja.
2°.- Autorízase a la Dirección Nacional de
Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de $32.000.-
(pesos uruguayos treinta y dos mil) en efectivo, ajustable por el Índice
General de Costos de la Construcción, elaborado por el Instituto Nacional
de Estadística, la realización de las indicadas obras por el régimen de
Administración Directa.
3°.- Autorízase, asimismo, a la Dirección Nacional
de Arquitectura, a efectuar todos los aprovisionamientos necesarios al
amparo de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de
diciembre de 1986.
4°.- Establécese que el Ministerio de Educación y
Cultura deberá, previa intervención de las oficinas pertinentes, poner a
disposición de la Dirección Nacional de Arquitectura, el aporte en
efectivo referido, en la Cuenta N° 152 2441-0 del Banco de la República
Oriental del Uruguay (Casa Central) de la indicada Dirección.
5°.- Establécese que la Dirección Nacional de
Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su
disposición de acuerdo con las normas legales reglamentarias.
6°.- Comuníquese y vuelva -por su orden- al
Departamento de Convenios y Dirección Nacional de Arquitectura a sus
efectos.