el recurso de
    revocación interpuesto por la firma TRAZ-UY (BORACK S.A.), en
    representación de SPLICE DO BRASIL, contra la resolución del Poder
    Ejecutivo de fecha 6 de octubre de 2003
    
    RESULTANDO: I) por la citada resolución se levantó
    él efecto suspensivo del recurso interpuesto por la recurrente, contra la
    resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de agosto de 2003, que adjudicó
    la Licitación Pública Internacional N° 02/002, para la adquisición de
    dispositivos para la identificación individual del ganado vacuno
    
    II) la recurrente interpuso el recurso de que se
    trata, agraviándose de la citada resolución invocando razones de orden
    técnico y señalando que el acto administrativo impugnado le irroga graves
    perjuicios
    
    III) la Asesoría Jurídica del Ministerio de
    Ganadería, Agricultura y Pesca, previo estudio de los agravios de orden
    técnico vertidos en la recursiva, por parte del Proyecto de Asistencia de
    Emergencia para la Erradicación de la Fiebre Aftosa (PAEFA), aconseja
    mantener el acto recurrido, pues el mismo se encuentra debidamente fundado y
    se ajusta a derecho (Art 62 del TOCAF)
    
    CONSIDERANDO: I) las razones técnicas invocadas por
    la recurrente, han sido rebatidas por el PAEFA, en su informe de fs. 9 a 11
    
    II) en cuanto al perjuicio invocado por la
    impugnante, corresponde señalar que el procedimiento licitatorio no es un
    mecanismo de contratación instituido para proteger los intereses de quienes
    ofrecen, sino, primordialmente, para salvaguardar el superior interés
    público, procurando que la Administración contrate en las mejores
    condiciones posibles (sentencia 830/93 del Tribunal de lo Contencioso
    Administrativo)
    
    III) conveniente, por tanto, mantener el acto objeto
    de la recursiva
    
    ATENTO: a lo preceptuado por el Art. 317 de la
    Constitución de la República, decreto ley N° 15.524, de 9 de enero de
    1984, ley N° 15.869, de 22 de junio de 1987 y ley N° 17.292, de 25 de
    enero de 2002
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE
    1°).- Mantiénese la resolución de fecha 6 de
    octubre de 2003, recurrida por la firma TRAZ-UY (BORACK S.A), en
    representación de SPLICE DO BRASIL.-
    
    2°).- Comuníquese y siga al PAEFA para su
    conocimiento y notificación a la recurrente en expediente. Vuelto que sea,
    con las constancias del caso, archívese.-