30/01/04 

29/01/04 – SE DECLARA MONUMENTO HISTÓRICO PRODUCCIÓN ARTÍSTICA DEL MAESTRO LINO DINETTO Y DEL ARTISTA PIETRI GAGLIARDI

VISTO: La gestión de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para que la producción artística del Maestro Lino Dinetto formada por el cuadro "San Francisco de Asís" -óleo sobre tela -que se encuentra en la Parroquia de San José y Maximiliano Kolbe, Padres Conventuales; el "Vía Crucis" del mismo autor ubicado en la Capílla Nuestra Señora del Rosario, del Colegio y Liceo San Francisco de Sales (Maturana), compuesto por catorce (14) paneles; y la pintura "San José" -óleo sobre tela -del artista Pietri Gagliardí ubicada en la Parroquia de San José y Maximiliano Kolbe, Padres Conventuales, sea declarada Monumento Histórico

RESULTANDO: I) El artista italiano Lino Dinetto llegó a Uruguay en 1950, y realizó a partir de ese momento varias obras de arte sacro entre las cuales se encuentran las pinturas de la Catedral del Departamento de San José, el mural de la Parroquia del Cerro de Montevideo y el "Via Crucis"

II) Entre 1955 y 1960 dirigió cursos de dibujo y pintura en el Instituto de Bellas Artes de San Francisco, ubicado en el Convento de los Padres Conventuales

III) En el período indicado obtuvo dos veces el premio del Salón Nacional de Montevideo y el Gran Premio Nacional de Punta del Este y realizó exposiciones en el Museo de Arte Moderno de San Pablo, Brasil

IV) En 1960 regresó a Italia continuando con su producción artística, lo que le valió un alto reconocimiento internacional

V) La obra del artista italiano Pietri Gagliardi (1809-1890), "San José", representada en óleo sobre tela, que se encuentra emplazada en la ciudad de Montevideo en la Parroquia San Maximiliano Kolbe, sobre el altar mayor, es de un importante valor pictórico por lo que merece también la declaratoria de bien patrimonial

CONSIDERANDO: I) El Poder Ejecutivo, animado del propósito de preservar los bienes patrimoniales nacionales de relevancia, como lo son las expresiones artísticas referidas, accederá a lo solicitado

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1.- DECLÁRASE monumento histórico la producción artística del Maestro Lino Dinetto y la del artista Pietri Gagliardl descritas en la parte expositiva de la presente resolución

2.- DISPÖNESE que los bienes declarados monumentos históricos no podrán:

I) Ser emplazados en lugares que puedan representar riesgo para su conservación por no disponer de las condiciones ambientales adecuadas

II) Ser sometidos a trabajos de conservación o restauración sin la autorización previa de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, la cual deberá supervisar la ejecución de los mismos

III) Los responsables de la custodia de los bienes declarados monumentos históricos, deberán cumplir con las directivas y recomendaciones que realizare la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación respecto de los mismos

3.- COMUNÍQUESE al Ministerio de Educación y Cultura, a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación y a las autoridades de la Iglesia Católica del Uruguay

4.- CUMPLIDO, remítanse las actuaciones a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación para su registro y posterior archivo.-