La gestión
promovida por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación a fin de
que sea declarado monumento histórico el mural del artista uruguayo Daymán
Antúnez, existente en el Centro Social "12 de Octubre" de
Sarandí Grande, Departamento de Florida
RESULTANDO: I) La obra referida, que data de 1959, es
un mural. de unos 2,50 metros de alto por 3,55 metros de ancho, realizado
con técnica de fresco y estilo constructivista
III) Daymán Antúnez fue discípulo directo del
Maestro Torres García, y desarrolló una importante trayectoria muralista
en el país
CONSIDERANDO: I) el Poder Ejecutivo estima que la
propuesta de declaración de la calidad de monumento histórico de esa obra
es de recibo, pues tiende a preservar el acervo artístico nacional
ATENTO: A lo expuesto, a lo dictaminado por la
Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación y a lo dispuesto en la Ley 1
4.040 del 20 dc octubre de 1971, y en el Decreto Reglamentario 536/972
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1.- DECLÁRASE monumento histórico el Mural del
artista Daymán Antúnez, descripto en la parte expositiva de la presente
resolución
2.- DISPÓNESE que el mural será debidamente
custodiado por su propietario, y que cualquier acción de preservación
relativa a la obra deberá ser previamente autorizada por la Comisión del
Patrimonio Cultural de la Nación; el propietario deberá tomar las medidas
de salvaguarda necesarias en caso de realización de trabajos en el edificio
que pudieren afectar la integridad del monumento histórico referido
3.- COMUNÍQUESE al Ministerio de Educación y
Cultura, al Ministerio de Transporte y Obras Publicas, a la Intendencia
Municipal de Florida, a la junta Departamental de Florida, a las autoridades
del Centro Social "12 de Octubre" de Sarandí Grande, Departamento
de Florida y a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación
4.- CUMPLIDO, remítase a la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación, para su registro y posterior archivo.-