04/02/04
    
    03/02/04 - AUTORIZASE A LA URSEA A SUSCRIBIR EL CONVENIO
    ESPECIFICO DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL CON LA UNIVERSIDAD DE LA
    REPÚBLICA- FACULTAD DE QUÍMICA
     
    VISTO: el Proyecto de Convenio Específico de
    Cooperación Institucional a suscribirse entre la Unidad Reguladora de
    Servicios de Energía y Agua (URSEA) y la Universidad de la República
    -Facultad de Química;
    
    RESULTANDO: I) que el mismo tiene por objeto formar
    un grupo de trabajo interinstitucional e interdisciplinario que se capacite
    y realice estudios sobre temas relacionados a la calidad del producto agua
    potable en el sistema de distribución para el total del país;
    II} que el monto máximo acumulado del Convenio de
    referencia será de $ 4:078.:500, que se ajustarán -así como los saldos
    sucesivos -de acuerdo con la evolución del Indice de Precios al Consumo
    (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística;
    III) que dicho Proyecto de Convenio prevé un plazo de
    ejecución de treinta meses a partir del primer pago que realice la URSEA
    luego de la firma del Convenio, así como la posibilidad de introducir
    modificaciones, incluso en objetivos y duración, de común acuerdo entre
    las partes y previa autorización del Poder Ejecutivo;
    IV) que las actividades previstas en el precitado
    Proyecto de Convenio se distribuyen en tres fases: 1. Diseño del Plan de
    Monitoreo, 2. Monitoreo a Nivel Nacional y 3. Plan de Vigilancia;
    
    CONSIDERANDO: I) que el presente Proyecto se inscribe
    dentro del Convenio Marco de Cooperación Científica y Técnica otorgado el
    4 de febrero de 2002 entre la Unidad Reguladora de Energía Eléctrica
    (UREE), sucedida en derechos y obligaciones por la Unidad Reguladora de
    Servicios de Energía y Agua (URSEA), a partir de su creación por Ley N°
    17.598, de 13 de diciembre de 2002;
    II} que en tanto se trata de una contratación directa
    incluida en las excepciones del numeral 3) del artículo 33 del TOCAF 1996,
    debe ser autorizada por el ordenador primario correspondiente;
    III) que existe disponibilidad suficiente para atender la
    erogación resultante con cargo al Inciso 02 "Presidencia de la
    República, Unidad Ejecutora 006 Unidad Reguladora de Servicios de Energía
    y Agua (URSEA)", Financiamiento 12, Programa 006, Objeto del Gasto 282,
    Auxiliar 000;
    
    ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por los
    artículos 27 lit a) y 33, numeral 3) lit. A) del Texto Ordenado de
    Contabilidad y Administración Financiera y Normas Concordantes y
    Complementarias, aprobado por Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997
    ("TOCAF 1996");
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1º) Autorizase a la Unidad Reguladora de Servicios
    de Energía y Agua (URSEA) a suscribir el Convenio Específico de
    Cooperación Institucional con la Universidad de la República -Facultad de
    Química -por un monto máximo acumulado de $ 4:078.500 (cuatro millones
    setenta y ocho mil quinientos pesos uruguayos), ajustables de acuerdo a la
    evolución del Indice de Precios al Consumo (IPC), en los términos del
    Proyecto que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
    
    2°) Comuníquese, etc.